Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 193

Fecha del Boletín 
11-08-2020

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200811-113

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

113
Madrid número 14. Ejecución 110/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA ANGELES CHARRIEL ARDEBOL LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 14 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 110/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. SENEL GONZALEZ JUAN frente a FOGASA y HOSTELERIA DE SAN PEDRO 9 SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado el siguiente AUTO DESPACHANDO EJECUCIÓN:

PARTE DISPOSITIVA

Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, D./Dña. SENEL GONZALEZ JUAN, frente a la demandada HOSTELERIA DE SAN PEDRO 9 SL, parte ejecutada, por un principal de 4.900,50 euros, desglosados de la siguiente forma: la cantidad de 4.455,00 euros corresponden a principal y, la cantidad de 445,50 euros al interés por mora, más 980,10 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Y DECRETO DE MEDIDAS:

PARTE DISPOSTIVA

En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo:

Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en QUINCE DIAS puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

La Cuenta de Consignaciones del órgano judicial a efectos de pago será la siguiente: 2512-0000-64-0110-20 debiendo indicar en el campo concepto de pago banco cuenta consignaciones.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a HOSTELERIA DE SAN PEDRO 9 SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintiuno de julio de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/17.989/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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