Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 193

Fecha del Boletín 
11-08-2020

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200811-46

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CIEMPOZUELOS

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Ciempozuelos. Régimen económico. Padrones fiscales

A los efectos de notificación colectiva y de conformidad con los artículos 102 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, se hace público que por resoluciones del Sr. concejal-delegado en las áreas de Hacienda, Seguridad Ciudadana y Movilidad números 1457, 1458 y 1459, de fecha 16 de julio de 2020, se ha dispuesto cuanto sigue:

1.º Aprobar el padrón y la lista cobratoria correspondiente a:

— Impuesto sobre actividades económicas, padrón anual de obligados (IAE), ejercicio 2020.

— Tasa por ocupación de los terrenos de uso público con cajeros automáticos, ejercicio 2020.

— Tasa por ocupación de los terrenos de uso público con el mercadillo municipal ejercicio 2020 (segundo semestre 2020).

El período de ingreso en período voluntario para estos tres tributos queda comprendido entre el 9 de octubre 2020 y el 9 de diciembre 2020, ambos inclusive.

Se informa que la fecha prevista de cargo de los recibos domiciliados para todos ellos será el día 5 de noviembre de 2020.

2.º Exponer al público en la Tesorería y en la Recaudación Municipal, durante el plazo de quince días la correspondiente lista cobratoria.

3.º Modalidad de cobro: exclusivamente mediante la presentación del recibo de pago a través de las entidades que tienen atribuida la condición de entidad colaboradora en la Recaudación del Ayuntamiento de Ciempozuelos: Bankia, S. A. Eurocaja Rural S. C. C. Banco Santander, S. A. Unicaja Banco, S. A.

4.º Lugares, días y horas de ingreso: en cualquier oficina de las entidades anteriormente relacionadas en días y horario de atención al público.

5.º Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en los lugares de costumbre a los efectos oportunos.

6.º Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán los correspondientes recargos ejecutivos, los intereses de demora y en su caso, las costas que se establezcan.

Contra el presente acuerdo, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer, en el plazo de un mes a contar desde la publicación de este anuncio, recurso de reposición, previo al recurso contencioso-administrativo, ante el órgano que dictó el acto, sin perjuicio de que puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen procedente.

En Ciempozuelos, a 21 de julio de 2020.—El concejal-delegado de Hacienda, Pedro Luis Jiménez Maestre.

(02/18.315/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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