Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 195

Fecha del Boletín 
13-08-2020

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200813-178

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE A CORUÑA NÚMERO 5

178
A Coruña número 5. Procedimiento 248 /2020

EDICTO

DOÑA EVA ORTIZ SUAREZ, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social n.º 5 de A CORUÑA.

Hago saber: Que en el procedimiento despido/ceses en general 248/2020 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de DON FRANCISCO ENRIQUE GONZÁLEZ VARELA contra FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, SOIL RECOVERY, S. L., SAN IGNACIO, S. L., LUIS MINGO MARTIN, IGNACIO RUIZ GALLARDÓN GARCÍA DE LA RASILLA, VENTO ABOGADOS &ASESORES, S. L. P., VENTO ABOGADOS & ASESORES, S. L. P., MARÍA ELENA LÓPEZ SÁNCHEZ, ELABORADOS METÁLICOS, S. L., sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

Letrada de la Administración de Justicia señora doña Eva Ortiz Suárez.

En A Coruña, a 20 de julio de 2020.

Se ha presentado escrito por el demandante DON FRANCISCO ENRIQUE GONZÁLEZ VARELA en fecha 15 de Julio de 2020, solicitando ampliación de la demanda.

Visto el contenido del mismo, acuerdo tener por ampliada la demanda contra MARÍA ELENA LÓPEZ SÁNCHEZ, y en su consecuencia, cítese a las partes, para la celebración de los actos de conciliación y/o juicio, que vienen señalados para la audiencia del día 25/9/2020 a las 12:00 horas para la celebración del mismo, en la Sala de Vistas de este Órgano judicial, sito en C/ MONFORTE, S/N.

Hágase entrega a la demandada MARÍA ELENA LÓPEZ SÁNCHEZ, contra la que se ha ampliado la demanda, de copia de la demanda presentada y del resto de documentos, advirtiendo a las partes lo dispuesto en los arts. 82.2 y 83 LJS.

En relación a la solicitud de prueba estese a lo acordado en el Auto de fecha 15/05/2020.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Y para que sirva de notificación en legal forma a SOIL RECOVERY. S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En A Coruña, a 22 de julio de 2020.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/18.493/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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