Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 196

Fecha del Boletín 
14-08-2020

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200814-79

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

79
Madrid. Sala de lo Social. Sección Segunda. Procedimiento 319/2019

SALA DE LO SOCIAL

Sección Segunda

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. JULIA SEGOVIANO ASTABURUAGA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 2 de lo Social, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 319/2019 de esta Sección de lo Social, seguido a instancia de FEDERACION DE SERVICIOS DE CCOOO frente a NEXAWAY MARKET SL, INSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD Y BIENESTAR EN EL TRABAJO (INSST) y COMPLEJO AVELLANEDA SL sobre Despidos colectivos se ha dictado la siguiente resolución:

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA D./Dña. JULIA SEGOVIANO ASTABURUAGA.

En Madrid, a ocho de julio de dos mil veinte.

El día 13 de marzo de 2020 ha tenido entrada el anterior escrito presentado por la representante de la Federación de Servicios de CC.OO. solicitando la ejecución provisional de la sentencia núm. 191/2020 de 26 de febrero de 2020 frente a la que se ha interpuesto por la solicitante recurso de casación para la unificación de doctrina.

Fórmese pieza separada que se encabezará con testimonio de la sentencia y conforme a lo dispuesto en el art. 298 de la L.R.J.S. dese traslado del escrito a las partes para que en el plazo de DIEZ DIAS contesten lo que a su derecho convenga, y transcurrido el plazo se dará cuenta al Magistrado Ponente para resolver.

Notifíquese a las partes.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe interponer recurso de REPOSICIÓN ante el Letrado/a de la Admón. de Justicia, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de CINCO DÍAS hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 186 y 187 LRJS).

Lo acuerdo y firmo. Doy fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a COMPLEJO AVELLANEDA S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial del Estado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de esta Sección, salvo las que revistan la forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 24 de julio de 2020.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/18.672/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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