Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 199

Fecha del Boletín 
18-08-2020

Sección 1.4.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200818-27

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD

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RESOLUCIÓN de 10 de agosto de 2020, de la Dirección General de Recursos Humanos, de la Consejería de Educación y Juventud, por la que se emplaza a los posibles interesados para que se personen, si a su derecho conviniere, en el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Federación Regional de Enseñanza de Comisiones Obreras, sobre la Resolución conjunta de las Viceconsejerías de Política Educativa y de Organización Educativa de la Consejería de Educación y Juventud, por la que se dictan instrucciones sobre medidas organizativas y de prevención, higiene y promoción de la salud frente a COVID-19 para centros educativos en el curso 2020-2021.

La Federación Regional de Enseñanza de Comisiones Obreras ha interpuesto recurso contencioso-administrativo contra la Resolución conjunta de las Viceconsejerías de Política Educativa y de Organización Educativa de la Consejería de Educación y Juventud, por la que se dictan instrucciones sobre medidas organizativas y de prevención, higiene y promoción de la salud frente a COVID-19 para centros educativos en el curso 2020-2021, de 9 de julio de 2020.

Mediante escrito de fecha 15 de julio de 2020, con entrada en esta Administración el 30 del mismo mes, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, ha instado (según el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa), a la Comunidad de Madrid para que realice los emplazamientos a cuantos aparezcan como interesados en la mencionada Resolución de 9 de julio de 2020, a fin de que puedan comparecer y personarse en el plazo de nueve días, como demandados, mediante procurador y letrado, ante dicho órgano jurisdiccional si a su derecho conviniere, haciéndoles saber que de personarse fuera del indicado plazo se les tendrá por parte, sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento, que continuará sus trámites.

La personación de los interesados, en su caso, deberá ser ante el citado Tribunal, Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, sita en Madrid, calle General Castaños, número 1, planta 1, 28004, Procedimiento Ordinario 657/2020 O-01.

Madrid, a 10 de agosto de 2020.—El Director General de Recursos Humanos, Miguel José Zurita Becerril.

(03/20.090/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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