Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 199

Fecha del Boletín 
18-08-2020

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200818-63

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES SIERRA OESTE

RÉGIMEN ECONÓMICO

63
Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Oeste. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del acuerdo de la Junta de la Mancomunidad de 29 de mayo de 2020, por el que se aprueban las bases reguladoras de las prestaciones económicas (ayudas a personas y familias) para paliar el impacto social del COVID-19.

BDNS (Identif.): 519727

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/es/index) y en la página web de la mancomunidad (http://www.mancomunidadsierraoeste.org).

Primero. Objeto.—Las presentes Bases tienen por objeto la regulación de las ayudas que se concedan con cargo a los fondos complementarios destinados a paliar el impacto socioeconómico de la crisis del COVID-19.

Las ayudas o prestaciones económicas que regulan estas Bases son entregas dinerarias, de carácter periódico o de pago único, concedidas a personas o familias para facilitar su integración social, apoyar el cuidado de personas dependientes, paliar situaciones transitorias de necesidad o garantizar mínimos de subsistencia.

Segundo. Beneficiarios y requisitos.—Podrán solicitar estas ayudas todas aquellas personas y/o familias que se encuentren empadronadas y residan en alguno de los municipios de la Mancomunidad que, como consecuencia de las medidas adoptadas por la crisis del COVID-19, han perdido parcial o totalmente el empleo o han tenido que abandonar su actividad profesional o empresarial; y como consecuencia y de forma sobrevenida han visto minorados gravemente sus ingresos y no tienen garantizada la cobertura de las necesidades básicas.

Los requisitos para acceder a las ayudas son:

1. Estar empadronado y residir en alguno de los municipios de la Mancomunidad o, en el caso de no estar empadronado, residir en alguno de los municipios de la mancomunidad y encontrarse en una situación de urgente necesidad.

2. Hallarse en situación de necesidad social, que será valorada por el trabajador social correspondiente, conforme a los criterios establecidos en el baremo de acceso recogido en el anexo.

Tercero. Conceptos e importes.

Cuarto. Plazo y presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes será desde el día la publicación de la convocatoria y estará abierto durante todo el año 2020.

Las solicitudes se presentarán en el Centro de Servicios Sociales de la Mancomunidad, a través de los procedimientos de atención establecidos. La solicitud y las bases reguladoras pueden descargarse a través de la web de la mancomunidad.

San Lorenzo de El Escorial, a 11 de agosto de 2020.—La presidenta, Carlota López Esteban.

(03/20.134/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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