Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 201

Fecha del Boletín 
20-08-2020

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200820-24

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Obras y Equipamientos

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Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Obras y Equipamientos. Proyecto urbanización

Aprobación definitiva del Proyecto de Urbanización del Plan Especial (16.332) de mejora de la accesibilidad y reajuste de parcelas dotacionales en el sector APR 16.03 “Almacenes Manoteras-Isla de Chamartín”, promovido por Merlín Oficinas, S. L. U. Distrito de Hortaleza.—Expediente 711/2019/27435.

La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su sesión celebrada el día 29 de julio de 2020, adoptó el siguiente acuerdo:

“Primero.—Resolver las alegaciones presentadas, en los términos y por las razones que figuran en el informe técnico de la Dirección General del Espacio Público, Obras e Infraestructuras.

Segundo.—Aprobar definitivamente el Proyecto de Urbanización del Plan Especial (16.332) de mejora de la accesibilidad y reajuste de parcelas dotacionales en el sector del Área de Planeamiento Remitido 16.03 “Almacenes Manoteras-Isla de Chamartín”, promovido por Merlín Oficinas, S. L. U. Distrito de Hortaleza, con un presupuesto, IVA incluido, de 2.309.345,71 euros.

Tercero.—El plazo de ejecución de las obras se fija en doce meses desde la firma del acta de comprobación del replanteo, y el de garantía será de dos años a partir de la fecha de recepción de las obras por el Ayuntamiento de Madrid”.

Lo que se comunica para general conocimiento, significándoles que el referido acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo recurso potestativo de reposición ante la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 112, 123, y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, podrá ser impugnado directamente ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, modificada por la Ley 19/2003, de 23 de diciembre, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otro recurso que estime pertinente.

Madrid, a 13 de agosto de 2020.—La Directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno, P. S. (Decreto de 31 de julio de 2020 de la titular del Área Delegada de Coordinación Territorial, Transparencia y Participación Ciudadana), Araceli Rollán Arrojo.

(02/20.329/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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