Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 201

Fecha del Boletín 
20-08-2020

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200820-63

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1

63
Madrid número 1. Procedimiento 32/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

DOÑA LAURA CARRIÓN GÓMEZ, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA del Juzgado de lo Social n.º 1 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 32/2020 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de DOÑA MARÍA ISABEL RODRÍGUEZ BARBADO frente a E-VAGARIES, S. L., sobre despidos/ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

FALLO

Desestimo la demanda interpuesta por DOÑA MARÍA ISABEL RODRÍGUEZ BARBADO, bajo la dirección letrada de don Rafael Sotomayor Pollán, contra la mercantil E-VAGARIES, S. L., y el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, considerando válidamente resuelto el contrato entre las partes de fecha 23 de octubre de 2013 efectuado en fecha 18 de noviembre de 2019.

Condeno a E-VAGARIES, S. L., y el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL a abonar a la actora de la cantidad de 1.218,75 euros que devengará el interés de mora del 10%, conforme lo dispuesto en el art. 29.3 del ET.

Se advierte a las partes que contra esta sentencia puede interponerse recurso de suplicación ante la sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta del juzgado aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en el banco o presentar aval de Entidad Financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Y para que sirva de notificación en legal forma a E-VAGARIES, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 29 de julio de 2020.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/19.390/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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