Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 202

Fecha del Boletín 
21-08-2020

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200821-28

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE EL MOLAR

RÉGIMEN ECONÓMICO

28
El Molar. Régimen económico. Modificación presupuestaria

En la intervención de este Ayuntamiento, y conforme dispone el artículo 169 por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, se encuentra expuesto al público el expediente de modificación de créditos 07/1678/2020 del presupuesto municipal 2020, en la modalidad de transferencia de crédito entre aplicaciones de distinta área de gasto, aprobado inicialmente por la Corporación, en sesión plenaria celebrada el día 30 de julio de 2020, para que los interesados puedan presentar reclamaciones en el plazo de quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Este acuerdo será considerado como definitivo de no producirse reclamaciones contra el mismo durante el plazo de exposición pública. Conteniendo este anuncio el texto íntegro de la modificación, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el transcurso del plazo de quince días hábiles de exposición pública, conforme al artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

En El Molar, a 10 de agosto de 2020.—El alcalde en funciones, David González Mínguez.

(03/20.083/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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