Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 205

Fecha del Boletín 
24-08-2020

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200824-28

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BRAOJOS

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Braojos. Régimen económico. Ordenanza impuesto vehículos tracción mecánica

El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 18 de octubre de 2019, aprobó provisionalmente, la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública pro el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 18 del citado Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, tienen la consideración de interesados a los efectos de reclamar contra Acuerdos provisionales:

— Los que tuvieran un interés directo o resulten afectados por tales acuerdos.

— Los colegios oficiales, cámaras oficiales, asociaciones y demás entidades legalmente constituidas para velar por los intereses profesionales, económicos o vecinales, cuando actúen en defensa de los que les son propios.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.3 de la citada Ley, se pone en conocimiento general que de no presentarse reclamaciones contra el referido acuerdo, se entenderá definitivamente adoptado.

En Braojos de la Sierra, a 10 de agosto de 2020.—El alcalde, Ricardo J. Moreno Picas.

(03/20.160/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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