Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 212

Fecha del Boletín 
01-09-2020

Sección 1.3.105.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200901-14

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD

14
ORDEN de 26 de agosto de 2020, del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad, de ampliación de la cuantía del crédito presupuestario de la Orden de 18 de marzo de 2020, del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad por la que se convocan las subvenciones para el empleo con apoyo de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo en el año 2020.

Mediante Orden de 18 de marzo de 2020, del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad, se convocan las subvenciones para el empleo con apoyo de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo en el año 2020.

Para el cumplimiento de la finalidad establecida en esta convocatoria, se destinó el crédito presupuestario establecido en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2020, por una cuantía total máxima de 300.000 euros, estableciendo, con carácter excepcional, una ampliación por una cuantía adicional estimada de 150.000 euros, cuya aplicación a la concesión de subvenciones no requerirá de una nueva convocatoria, estando sometida su fijación y utilización a las reglas establecidas en el artículo 58.2.a) del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 59.2 de la Ley 9/2018, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2019.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes el 8 de julio del 2020, se han recibido 23 solicitudes por un importe que supera al convocado inicialmente, resultando que la dotación presupuestaria estimada inicialmente resulta insuficiente para atender el total de las solicitudes presentadas que cumplen los requisitos fijados en las bases reguladoras y en la convocatoria.

La convocatoria de subvenciones para el empleo con apoyo de las personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo para el año 2020, se encuentra pendiente de resolución de concesión, conforme establece el artículo 59 de la Ley 9/2018, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2019.

En consecuencia, tras haberse incrementado el importe del subconcepto de gasto 49102 “Fomento de empleo de personas con discapacidad”, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 8 de la Orden de 18 de marzo de 2020, y de acuerdo con las competencias atribuidas en el Decreto 52/2019, de 19 de agosto, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y demás legislación vigente,

DISPONGO

Primero

Ampliación del presupuesto

1. Para el cumplimiento de la finalidad establecida en la convocatoria de la Orden de 18 de marzo de 2020, del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se convocan las subvenciones para el empleo con apoyo de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo en el año 2020, se amplía en 150.000 euros la cuantía del crédito presupuestario establecido inicialmente, por lo que la cuantía máxima destinada a las subvenciones convocadas para el año 2020 es de 450.000 euros, imputados al Subconcepto 49102 “Fomento de empleo de personas con discapacidad”, del Programa Presupuestario 241M “Promoción y Fomento del Empleo”, Centro Gestor 200150000, del presupuesto de gastos de la Comunidad de Madrid.

2. La publicación de esta orden no implica la apertura de un nuevo plazo para presentar nuevas solicitudes.

Segundo

Efectos

Esta orden produce efectos el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 26 de agosto de 2020.—El Consejero de Economía, Empleo y Competitividad. (P. D. Orden de 14 de septiembre de 2015), la Viceconsejera de Empleo, Eva María Blázquez Agudo.

(03/21.004/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.105.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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