Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 213

Fecha del Boletín 
02-09-2020

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200902-39

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CERCEDILLA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

39
Cercedilla. Organización y funcionamiento. Delegación de funciones

Por la Alcaldía-Presidencia, con fecha 5 de agosto de 2020, se dictó el Decreto 721/2020, del tenor literal siguiente:

De conformidad con los artículos 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 47.1 del Real Decreto 2658/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, “corresponde a los tenientes de alcalde, en cuanto tales, sustituir en la totalidad de sus funciones y por orden de nombramiento, al alcalde, en los casos de ausencia o enfermedad (…)”.

Visto el Decreto de Alcaldía número 673/2019, de 3 de julio de 2019, mediante el que se nombraron a los tenientes de alcalde, y considerando que el alcalde estará ausente del municipio del 10 al 15 de agosto de 2020, ambos inclusive.

En uso de las competencias atribuidas por la legislación vigente en materia de Régimen Local, resuelvo:

Primero.—Delegar en don Raúl Martín Hortal, en su calidad de primer teniente de alcalde, la totalidad de las funciones que corresponden a la Alcaldía, para los citados días de ausencia.

Segundo.—De la presente delegación deberá darse cuenta al Pleno en la primera sesión ordinaria que se celebre, notificarse al interesado, y publicarse en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de que el presente Decreto surta efecto desde el día de su firma.

Lo que se publica, a los efectos oportunos.

Cercedilla, a 19 de agosto de 2020.—El alcalde-presidente, Luis Miguel Peña Fernández.

(03/20.535/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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