Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 213

Fecha del Boletín 
02-09-2020

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200902-51

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL

RÉGIMEN ECONÓMICO

51
San Lorenzo de El Escorial. Régimen económico. Ordenanza fiscal bienes inmuebles

Por el presente se hace público la elevación a definitivo del acuerdo de aprobación de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora para la determinación de la cuota tributaria del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana y rústica, aprobada en el Pleno municipal del día 30 de abril de 2020, una vez transcurrido el período de información pública de al menos treinta días desde su exposición en el tablón de anuncios, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un diario de los de mayor difusión de la provincia sin que se hayan presentado reclamaciones, todo ello según establece el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Haciendas Locales.

Contra el acuerdo definitivo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.1 de la norma citada, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

A continuación se transcribe el texto definitivo de las modificaciones producidas en esta ordenanza que entrará en vigor una vez llevada a cabo su publicación con efectos del 1 de enero de 2021:

Primero.—Modificar el artículo 2, apartado 1, de la ordenanza, relativo a la determinación de la cuota tributaria quedando como sigue:

“1. El tipo de gravamen del impuesto sobre bienes inmuebles queda fijado en el 0,502 por 100 para los inmuebles de naturaleza urbana, en el 0,977 por 100 para los de naturaleza rústica y en el 1,3 por 100 para los inmuebles de características especiales”.

En San Lorenzo de El Escorial, a 18 de agosto de 2020.—La alcaldesa, Carlota López Esteban.

(03/20.552/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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