Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 213

Fecha del Boletín 
02-09-2020

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200902-61

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 12

61
Madrid número 12. Procedimiento 214/2018

EDICTO

Don Miguel Ángel Arribas Martín, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 12 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal número 214/2018, instados por la procuradora doña Silvia Albite Espinosa, en nombre y representación de don Jesús Ángel Villares, frente a los ignorados ocupantes de la calle Palencia, número 43, bajo, en los que se ha dictado, en fecha 12 de marzo de 2019, sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son los siguientes:

Sentencia número 55 de 2019

La magistrada-juez, doña María de las Nieves Gómez Martínez.—En Madrid, a 12 de marzo de 2019.

Doña María de las Nieves Gómez Martínez, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 12 de este partido judicial, habiendo visto los presentes autos de juicio declarativo verbal, seguidos ante este Juzgado con el número 214/2018, de desahucio por precario, a instancias de don Jesús Ángel Villares, representado por la procuradora doña Silvia Albite Espinosa, y defendido por el letrado don Pedro Bustamante Fermosel, contra los ignorados ocupantes de la vivienda sita en la calle Palencia, número 43, bajo, puerta exterior izquierda, de Madrid, declarados en situación de rebeldía procesal, y atendiendo a los siguientes,

Fallo

Que, estimando íntegramente como estimo la demanda formulada por la procuradora doña Silvia Albite Espinosa, en nombre y representación de don Jesús Ángel Villares, contra los ignorados ocupantes de la vivienda sita en la calle Palencia, número 43, bajo, puerta exterior izquierda, de Madrid, declaro que los demandados ocupan la mencionada vivienda, sin título alguno y sin pagar ningún tipo de contraprestación y, por tanto, en situación de precario, declarando haber lugar al desahucio por precario de dicho inmueble, condenando a los demandados al desalojo de la finca propiedad del actor, dejándola libre y expedita, y a disposición de este, en el plazo que marca la Ley, previniéndoles de que, si así no lo hacen, podrán ser lanzados a la fuerza y a su costa, con expresa imposición a los demandados de las costas causadas.

No se señala fecha para el lanzamiento, debiendo acudir el demandante al oportuno proceso de ejecución.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme, y que contra ella cabe recurso de apelación para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, el cual deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de veinte días, a contar desde su notificación, previo cumplimiento de los requisitos legales pertinentes.

Así, por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de los demandados, ignorados ocupantes de la calle Palencia, número 43, bajo, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición de los interesados en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 23 de julio de 2020.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/20.377/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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