Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 221

Fecha del Boletín 
11-09-2020

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200911-62

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÁLAGA NÚMERO 2

62
Málaga número 2. Ejecución 38/2020

EDICTO

Don Francisco José Martínez Gómez, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 2 de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 38/2020, a instancias de la parte actora, doña Beatriz Codez Troyano, contra Anjani Dermoestética, S. L., sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado resolución, de fecha de hoy, del tenor literal siguiente:

Auto

En Málaga, a 31 de julio de 2020.

Dada cuenta y;

Hechos

Primero.—En los autos de ejecución número 124/2019, seguidos a instancias de doña Beatriz Codez Troyano, contra Anjani Dermoestética, S. L., se dictó auto de extinción de la relación laboral, en fecha 4 de noviembre de 2019, por la que se condenaba a la demandada al abono de las cantidades que se indican en la misma.

Segundo.—Dicha resolución judicial es firme.

Tercero.—Que se ha solicitado la ejecución de la resolución por la vía de apremio, toda vez que por la demandada no se ha dado cumplimiento al fallo de la misma.

Parte dispositiva:

Su señoría ilustrísima dijo: Procede y así por este auto se dicta orden general de ejecución, que se despacha en los siguientes términos:

1. A favor de doña Beatriz Codez Troyano, contra Anjani Dermoestética, S. L.

2. Siendo las cantidades por las que se despacha ejecución por los siguientes conceptos: principal a cubrir 11.304,47 euros, más la de 1.836,97 euros calculados provisionalmente para intereses y gastos.

3. Realícense por la señora letrada de la Administración de Justicia las medidas ejecutivas que resulten procedentes.

4. Cítese, además, al Fondo de Garantía Salarial para que, en el plazo de quince días hábiles siguientes a la notificación del presente proveído, inste la práctica de las diligencias que a su derecho convengan, de conformidad con el artículo 276 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, en el plazo de tres días, sin perjuicio del derecho del ejecutado a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento quinto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.

Así, por este auto, lo acuerdo, mando y firma la ilustrísima señora doña María Virtudes Molina Palma. Doy fe.—La magistrada-juez.—El letrado de la Administración de Justicia.

Y para que sirva de notificación al demandado, Anjani Dermoestética, S. L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a 31 de julio de 2020.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/20.435/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200911-62