Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 224

Fecha del Boletín 
15-09-2020

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200915-107

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2

107
Móstoles número 2. Ejecución 30/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. MARÍA ISABEL CANO CAMPAÑA, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social número 2 de Móstoles, HAGO SABER:

Que en Ejecución 30/2020, de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dña. MERCEDES RODRÍGUEZ DÍAZ, Dña. ANA MARÍA RODRÍGUEZ DÍAZ, D. Fadal AHROUCH YAKHLEF y D. MOHAMED EDDAOURI EL BOUAZATI frente a INGENIERÍA VEGETAL SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Decreto de fecha 24/06/2020, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 142.214,63 euros de principal y 14.221,00 euros de intereses y costas provisionales, se declara la INSOLVENCIA PROVISIONAL TOTAL del ejecutado INGENIERÍA VEGETAL SL, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago, con el siguiente desglose:

FADAL AHROUCH YAKHLEF: 43.473,90 euros (correspondiendo 34.979,00 euros en concepto de indemnización y 8.494,90 euros en concepto de salarios de tramitación).

MOHAMED EDDAOURI EL BOUAZATI: 36.353,18 euros (correspondiendo 27.858,28 euros en concepto de indemnización y 8.494,90 euros en concepto de salarios de tramitación).

ANA MARÍA RODRÍGUEZ DÍAZ: 33.217,56 euros (correspondiendo 29.169,99 euros en concepto de indemnización y 4.047,57 euros en concepto de salarios de tramitación).

MERCEDES RODRÍGUEZ DÍAZ: 29.169,99 euros (correspondiendo 24.672,69 euros en concepto de indemnización y 4.497,30 euros en concepto de salarios de tramitación).

Asimismo, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, remitiéndose los testimonios necesarios por correo certificado a los despachos de los letrados de los actores.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de TRES DÍAS a presentar en este juzgado desde su notificación, y cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda siendo necesario la constitución de un depósito por importe de 25 euros en la cuenta de este juzgado abierta en la entidad Banco Santander y exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, quedando exentos de constituir el mismo el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos, con apercibimiento de poner fin al recurso, quedando firme la resolución impugnada.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

Dña. MARÍA ISABEL CANO CAMPAÑA

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a INGENIERÍA VEGETAL SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a veintiuno de agosto de dos mil veinte.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/20.670/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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