Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 224

Fecha del Boletín 
15-09-2020

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200915-114

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE VALENCIA NÚMERO 16

114
Valencia número 16. Procedimiento 252/2019

EDICTO

DOÑA REGINA SOBREVIELA GARCIA, LETRADA DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 16 DE LOS DE VALENCIA,

HAGO SABER: Que en este Juzgado, se sigue expediente núm. 000252/2019 del Registro del Juzgado, a instancias de RUBEN LEYTON DIAZ contra FOGASA y MENSAJERIACRUNI SL, sobre en la que el día 02-03-2020 se ha dictado resolución cuya parte dispositiva dice:

“FALLO

Estimando la demanda formulada por D. RUBEN LEYTON DIAZ contra la empresa MENSAJERIA CRUNI SL debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone al demandante la cantidad de 1 933,90 €, más 236,30 € en concepto de interes por mora.

Se imponen a la empresa demandada las costas causadas, incluidos los honorarios de la letrada interviniente hasta el límite de 600 €.

Sin que haya lugar a efectuar pronunciamiento alguno sobre la responsabilidad del Fondo de Garantía Salarial.

Se advierte que la resoiución anterior es firme y contra la misma NO CABE RECURSO.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.”

Y para que conste y sirva de notificación a la demandada MENSAJERIA CRUNI SL, que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el Tablón de anuncios y publicación-en el Boletín Oficial de la Provincia de Madrid, haciéndole saber al mismo, que las restantes notificaciones que hayan de efectuársele, se le harán en estrados en la forma legalmente establecida, expido el presente en Valencia a veintiuno de agosto de dos mil veinte.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA

(03/20.629/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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