Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 225

Fecha del Boletín 
16-09-2020

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200916-57

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

57
Madrid número 32. Ejecución 55/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. LAURA FOJÓN CHAMORRO, LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 32 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 55/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MANUEL GUERRERO MORENO frente a VETONICATRANS SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

PROVIDENCIA

ILMO. SR/A.

D./Dña. Mª. LUISA GIL MEANA

En Madrid, a treinta de junio de dos mil veinte.

El anterior escrito únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, en sentencia de fecha 11/02/2020, a la empresa VETONICATRANS SL en favor del/de los demandante/s D./Dña. MANUEL GUERRERO MORENO y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará el día 16/10/2020, a las 11:45 horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.

Dada cuenta, conforme instrucciones dadas por la Magistrada, se procederá a la celebración de la vista de forma telemática, debiendo las partes aportar al Juzgado los datos necesarios para la conexión el día del juicio, aportando teléfono de contacto así como dirección e-mail válido al menos tres días antes de la fecha señalada para la comparecencia y las identificaciones deberán ser remitidas al correo del Juzgado (social32mad@madrid.org) al menos tres días antes de dicha fecha con el fin de preparar las actas. Asimismo se insta a las partes para que soliciten y aporten la prueba estrictamente necesaria para la celebración del incidente y dirección email válido de conexión, conforme instrucciones de la Magistrada.

Respecto a la prueba propuesta la misma deberá ser solicitada y aportada vía lexnet con DIEZ DIAS de antelación a la comparecencia, debido a la excepcionalidad de la situación.

MODO DE IMPUGNACION: mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad BANCO DE SANTANDER; para pagos por transferencia IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con el concepto 2805-0000-64-0055-20 y para pagos en ventanilla 2805-0000-64-0055-20.

Lo manda y firma S.Sª.

EL/LA MAGISTRADO-JUEZ

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. Doy fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a VETONICATRANS SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintiocho de agosto de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/21.471/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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