Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 226

Fecha del Boletín 
17-09-2020

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200917-30

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARANJUEZ

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

30
Aranjuez. Organización y funcionamiento. Nombramiento personal eventual

En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente, especialmente el artículo 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local así como el artículo 24 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, a la vista de los siguientes:

Antecedentes

Único.—El Pleno de la Corporación municipal, en sesión extraordinaria celebrada el 9 de julio de 2019, adoptó el siguiente acuerdo:

“La Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local establece en sus artículos 104 que el Pleno de la Corporación, al comienzo de su mandato, determinará el número, características y retribuciones del personal eventual, entendido, como tal, aquel que desempeña puestos de confianza o asesoramiento especial, de conformidad con el artículo 89 del mismo texto legal.

Por otro lado el artículo 104 bis de la misma Ley establece los límites y normas a las que deben ajustarse las dotaciones de puestos de trabajo cuya cobertura corresponda a personal eventual en los Ayuntamientos. Por tanto, en aplicación de los citados preceptos, propongo al Pleno Municipal la determinación de los siguientes puestos:

— Un jefe de Gabinete de Alcaldía.

— Un jefe de Prensa.

— Dos administrativos para el Grupo Socialista a jornada completa.

— Dos administrativos para el Grupo Popular a jornada completa.

— Un administrativo a jornada completa y un administrativo a media jornada para el Grupo Ciudadanos.

— Un administrativo para el Grupo Acipa a jornada completa.

— Un administrativo para el Grupo Vox a jornada completa.

— Un administrativo para el Grupo Inpar a jornada completa.

— Un administrativo para el Grupo Unidas Podemos a jornada completa.

Las retribuciones de los citados puestos quedan fijadas en las siguientes cuantías:

— Jefe de Gabinete de Alcaldía: un importe bruto anual de 39.051,74 euros/año.

— Jefe de Prensa: un importe bruto anual de 39.051,74 euros/año.

— Administrativos: las establecidas en la Valoración de Puestos de Trabajo del Ilustrísimo Ayuntamiento de Aranjuez.

Las cuantías señaladas se revisarán anualmente con idéntico incremento al que sea de aplicación a los empleados municipales.

Todos ellos recibirán dos pagas extraordinarias anuales, de acuerdo a lo establecido para el resto de los empleados municipales”.

Fundamentos de derecho

Primero.—Los apartados primero y tercero del artículo 12 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público disponen que:

“1. Es personal eventual el que, en virtud de nombramiento y con carácter no permanente, sólo realiza funciones expresamente calificadas como de confianza o asesoramiento especial, siendo retribuido con cargo a los créditos presupuestarios consignados para este fin.

3. El nombramiento y cese serán libres. El cese tendrá lugar, en todo caso, cuando se produzca el de la autoridad a la que se preste la función de confianza o asesoramiento”.

Segundo.—En este mismo sentido se expresa el artículo 104.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local determinando que el nombramiento y cese de estos funcionarios es libre y corresponde al Alcalde o al Presidente de la Entidad local correspondiente. Cesan automáticamente en todo caso cuando se produzca el cese o expire el mandato de la autoridad a la que presten su función de confianza o asesoramiento.

Tercero.—El Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en materia de Régimen Local en el apartado primero del artículo 176 dispone que el personal eventual se rige por lo establecido en el artículo 104 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, por todo lo expuesto, esta Alcaldía adopta la siguientes:

Resoluciones

Primero.—Nombrar: a D.a María Luz del Pozo Lazareno, con DNI *****491-Y, Administrativo del Grupo PSOE en régimen de jornada laboral a tiempo completo con una retribución bruta anual de 25.632,88 euros, referida a 14 pagas con efectos desde el 15 de julio de 2019.

A D. Emilio Vega Jaén, con DNI *****908-V, Administrativo del Grupo PSOE en régimen de jornada laboral a tiempo completo con una retribución bruta anual de 25.632,88 euros, referida a 14 pagas con efectos desde el 15 de julio de 2019.

A D. José María Gómez Vico, con DNI *****529-G, Administrativo del Grupo VOX en régimen de jornada laboral a tiempo completo con una retribución bruta anual de 25.632,88 euros, referida a 14 pagas con efectos desde el 15 de julio de 2019.

Nombrar: a D. Jorge Arriaga Fernández, con DNI *****424-W, Administrativo del Grupo Ciudadanos en régimen de jornada laboral a tiempo completo con una retribución bruta anual de 25.632,88 euros, referida a 14 pagas con efectos desde el 26 de julio de 2019.

Nombrar a D. Jorge Menéndez Perales, con DNI *****633-S, Administrativo del Grupo Unidas Podemos en régimen de jornada laboral a tiempo completo con una retribución bruta anual de 25.632,88 euros, referida a 14 pagas con efectos desde el 29 de noviembre de 2019.

Aranjuez, a 28 de julio de 2020.—El secretario general, Antonio Yagüe Cuesta.

(03/19.612/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200917-30