Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 226

Fecha del Boletín 
17-09-2020

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200917-46

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TRES CANTOS

URBANISMO

46
Tres Cantos. Urbanismo. Estudio detalle RC-17, Sector AR

Mediante acuerdo del Pleno número 39/2020, de fecha 23 de julio de 2020, se ha adoptado la siguiente resolución, cuya parte resolutiva es la siguiente:

“1. Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle, presentado el 31 de marzo de 2020 (RE: 2234/2020), para la ordenación de la manzana RC.17, del Sector AR Nuevo Tres Cantos, con las correcciones contenidas en el mismo, sometido a las consideraciones técnicas y medidas correctoras expuestas en los informes municipales mencionados en el apartado 2.o de los antecedentes que se dan aquí por íntegramente reproducidas, recordando al interesado la necesidad de balizaje de las grúas y componentes de las obras que tengan la altura suficiente, según normativa, debido a que las obras se encuentran en la LED-17, zona de entrenamiento de helicópteros militares.

2. Advertir al titular que, previo a su entrada en vigor, los archivos del documento ya rectificado según se aprueba definitivamente, se deberán aportar en formato pdf y, además, en formato editable:

— La documentación escrita en formato.doc

— La documentación gráfica en formato DWG o DGN, realizado en coordenadas ETRS89-UTM30N.

3. Remitir un ejemplar del mismo al Registro Administrativo de la Consejería competente.

4. Ordenar la publicación del acuerdo de aprobación definitiva y de la parte del Plan exigida por la legislación de régimen local en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con indicación de haber procedido a su depósito conforme al punto anterior, para su entrada en vigor.

5. Dar traslado a la Unidad de Licencias, a los Servicios Técnicos, y Servicios económicos Municipales a los efectos oportunos”.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 65 y 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, expresamente se significa que se ha procedido al depósito de este plan en el registro administrativo de los planes de ordenación urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, donde puede ser consultado.

Lo que se publica para general conocimiento, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, indicándose que el presente acuerdo pone fin a la vía administrativa y que contra el mismo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (artículos 10 y 25 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa), en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1998, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.

Tres Cantos, a 19 de agosto de 2020.—El primer teniente de alcalde, Javier Juárez de la Morena.

(02/20.456/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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