Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 227

Fecha del Boletín 
18-09-2020

Sección 1.4.107.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200918-26

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y SOSTENIBILIDAD

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Acuerdo 27/2020, de 15 de julio, de la Comisión de Urbanismo de Madrid, relativo a la aprobación inicial del Plan Especial de Infraestructuras de los proyectos de instalaciones: “Proyecto de autorización de instalaciones de la red de distribución de gas natural en el Sector U.Z.P.2.01. El Cañaveral. Proyecto de detalle de las instalaciones APB”, “Proyecto de autorización de instalaciones de la red de distribución de gas natural en el Sector U.Z.P.2.03. Los Ahijones. Proyecto de detalle de las instalaciones APB” y “Proyecto de autorización y ejecución de instalaciones de la red de distribución de gas natural en el Sector U.Z.P.2.04. Los Berrocales. Instalaciones APB”, en los términos municipales de Madrid y Rivas-Vaciamadrid, promovido por Nedgia Madrid, S. A.

La Comisión de Urbanismo de Madrid, en su sesión de 15 de julio de 2020, a propuesta del Director General de Urbanismo, de fecha 9 de julio de 2020, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.3 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, ha adoptado el siguiente

ACUERDO

Primero

Aprobar inicialmente el Plan Especial de Infraestructuras de los proyectos de instalaciones: “Proyecto de Autorización de Instalaciones de la red de distribución de gas natural en el Sector U.Z.P.2.01. El Cañaveral. Proyecto de Detalle de las Instalaciones APB”, “Proyecto de Autorización de Instalaciones de la red de distribución de gas natural en el Sector U.Z.P.2.03. Los Ahijones. Proyecto de detalle de las Instalaciones APB” y “Proyecto de Autorización y Ejecución de Instalaciones de la red de distribución de gas natural en el Sector U.Z.P.2.04. Los Berrocales. Instalaciones APB“, en los términos municipales de Madrid y Rivas-Vaciamadrid, promovido por NEDGIA MADRID, S.A.

Segundo

Iniciar el trámite de información pública del Plan Especial (formando parte de su contenido el documento ambiental estratégico) por un período de cuarenta y cinco días hábiles, mediante inserción de los correspondientes anuncios en uno de los diarios de mayor difusión en la Comunidad de Madrid y, una vez cumplimentado, proceder a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, al objeto de que puedan formularse las alegaciones que se estimen oportunas.

Una vez publicado el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, el documento del Plan Especial y el Documento Ambiental Estratégico podrán consultarse en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid.

Tercero

Requerir informe, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.3.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y someter al trámite de consultas, en los términos previstos en el artículo 30 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, el Plan Especial y el Documento Ambiental Estratégico concediendo el mismo plazo de cuarenta y cinco días hábiles para su emisión, de los siguientes órganos y Entidades afectados:

— Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación.

• Subdirección General de Política Agraria y Desarrollo Rural: Área Vías Pecuarias.

— Canal de Isabel II, S. A. (Abastecimiento y Distribución).

— Dirección General de Industria, Energía y Minas.

— Dirección General de Carreteras de la Comunidad de Madrid.

— Consorcio Regional de Transportes de Madrid.

— Metro de Madrid, Sociedad Anónima.

— Dirección General de Patrimonio Cultural.

— Dirección General de Carreteras de la Administración General del Estado.

— Dirección General de Aviación Civil.

— Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF).

• Dirección de Patrimonio y Urbanismo: Gerencia de Área Centro.

— Confederación Hidrográfica del Tajo.

— Dirección General de Igualdad.

— Dirección General de Infancia, Familias y Natalidad.

— Compañía Logística de Hidrocarburos (CLH).

— Red Eléctrica de España (REE).

• Departamento de mantenimiento de líneas.

— Unión Fenosa Distribución.

— Telefónica, S. A.

Cuarto

Considerando lo establecido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, es necesario realizar consultas en los términos establecidos en el artículo 30 de la mencionada Ley, para la elaboración del informe ambiental estratégico y, en caso de concluir que el Plan Especial de Infraestructuras tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, la determinación del contenido del estudio ambiental estratégico. La respuesta a la consulta será tenida en cuenta conforme a las normas de referencia por la Dirección General de Sostenibilidad y Cambio Climático en el informe estratégico que pondrá fin al procedimiento de evaluación ambiental simplificada.

Quinto

Dar traslado del expediente a los Ayuntamientos de Madrid y Rivas-Vaciamadrid, para su conocimiento e informe, que deberá emitirse igualmente en el plazo de un mes.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y a efectos de garantizar su publicidad, previo a la publicación del presente acuerdo, se depositará un ejemplar del expediente en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, sita en la calle Alcalá, número 16, quinta planta, de Madrid, donde podrá ser consultado, por un período de cuarenta y cinco días hábiles, en horas hábiles, desde el día siguiente a la publicación del presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID hasta el día en que termine el plazo de Información Pública.

Durante el expresado período de tiempo, cuantas personas se consideren afectadas podrán formular alegaciones, mediante escrito dirigido al Presidente de la Comisión de Urbanismo de Madrid.

Madrid, a 15 de julio de 2020.—El Secretario General Técnico, José Ignacio Tejerina Alfaro.

(02/21.287/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.107.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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