Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 231

Fecha del Boletín 
23-09-2020

Sección 1.3.220.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200923-12

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS

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RESOLUCIÓN de 14 de septiembre de 2020, del Rector Magnífico de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se aprueba la convocatoria pública de diferentes ayudas de movilidad internacional de estudiantes en universidades de países asociados al Programa Erasmus+ dentro del proyecto KA107 para realizar estudios en el curso académico 2020-2021.

BDNS: 524.037

Extracto de la Resolución Rectoral de la Universidad Rey Juan Carlos de 19 de noviembre de 2019, por la que se publica la convocatoria de movilidad internacional de estudiantes para realizar estudios en el curso 2020-2021.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero

Beneficiarios

1. Estar matriculado en la URJC en programas conducentes a la obtención de los títulos oficiales en el momento de la solicitud y hasta la finalización del período de disfrute de la beca movilidad.

2. El número de créditos a realizar durante la estancia, y que deben incluirse en el Acuerdo Académico, será de 30 créditos ECTS máximo en un semestre. En todo caso el número de créditos deberá siempre coincidir con asignaturas completas de los planes oficiales de la Universidad Rey Juan Carlos.

3. Alumnos excluidos. Quedan excluidos de la presente convocatoria:

a) Todos los estudiantes matriculados en la URJC en cualquier programa nacional o internacional de movilidad o como estudiantes visitantes.

b) Los estudiantes matriculados en Títulos Propios, Doctorado y alumnos de Centros adscritos que estén en posesión de Carta Erasmus+ propia.

4. Tener concedido un intercambio académico dentro del Programa MUNDE en alguna titulación dentro de las universidades indicadas en el Anexo I. Plazas ofertadas en la presente convocatoria.

Segundo

Objeto

El programa Erasmus+ tiene como objetivos mejorar la calidad de la enseñanza superior y potenciar su dimensión europea, fomentando la cooperación transnacional entre universidades, estimulando la movilidad europea y mejorando la transparencia y el reconocimiento académico de estudios y cualificaciones en el seno de la Unión Europea.

En este sentido, estas ayudas están integradas en el Programa Erasmus+ dentro de la Acción Clave 1 (KA107) y cuyos objetivos son mejorar la calidad de la enseñanza superior y potenciar su dimensión europea fuera de sus fronteras, fomentando la cooperación transnacional entre universidades, estimulando la movilidad fuera de Europa.

Tercero

Bases reguladoras

La información relativa a la convocatoria puede encontrarse en la página web de la Universidad (https://sede.urjc.es).

Cuarto

Cuantía

El importe total presupuestado para financiar los gastos derivados de esta convocatoria es de 107.260,00 euros.

Quinto

Plazo y presentación de solicitudes

El plazo para la realización de las solicitudes on-line será de quince días a contar desde el día siguiente de la publicación del extracto de la presente convocatoria.

La solicitud se presentará online, sin prejuicio de lo establecido en artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las administraciones Públicas. Los estudiantes deberán rellenar dentro de los plazos establecidos el formulario electrónico que estará disponible en la página web de la URJC en el siguiente link (https://gestion2.urjc.es/movilidadoutgoing).

Sexto

Procedimiento de concesión

El procedimiento de concesión de las becas se regirá por el sistema de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo establecido en los artículos 22.1 y 23.2.d) de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

La selección de los beneficiarios se hará por el órgano instructor de la presente convocatoria, que estará formado por:

— Dña. Pilar Trinidad Núñez, Vicerrectora de Relaciones Internacionales.

— D. Pablo T. Salvadores Alonso, Jefe del Servicio de Relaciones Internacionales.

— Dña. Elisa Gómez-Luengo San Román, Jefe de Sección de Relaciones Internacionales.

Suplentes:

— Dña. María Ángeles Cano Linares, Directora Académica de Internacionalización y Promoción Lingüística.

— Dña. Maria Soledad Carretero Niembro, Jefe de Sección de Relaciones Internacionales.

— Dña. Ana Luisa Ortega Fraile, Técnico del Servicio de Relaciones Internacionales.

Esta selección se realizará en función de la nota media y créditos superados de cada estudiante y que serán tomados de los utilizados en la convocatoria de movilidad internacional de estudiantes que concedió las estancias de movilidad para las que se convocan las presentes becas.

Las becas serán asignadas entre todos los adjudicatarios de una plaza MUNDE de la URJC para el curso 2020-2021, en las Universidades incluidas en el Anexo.

Séptimo

Resolución y recursos

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de dicha resolución o, alternativamente, ser impugnada directamente mediante recurso contencioso-administrativo, ante el mismo orden jurisdiccional, en el plazo de dos meses contados a partir del siguiente a su publicación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Móstoles, a 14 de septiembre de 2020.—El Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, Javier Ramos López.

(03/22.900/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.220.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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