Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 236

Fecha del Boletín 
29-09-2020

Sección 1.3.102.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200929-11

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA

11
ANUNCIO del extracto de la Orden 179/2020, de 2 de septiembre, de la Consejera de Presidencia, por la que se convoca la concesión de subvenciones destinadas a Universidades madrileñas con Centros de Documentación e Información Europea para 2020.

BDNS: 524437

Primero

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las universidades, tanto públicas como privadas, de las que dependan Centros de Documentación e Información Europea, que cumplan con los siguientes requisitos:

a) Hallarse legalmente constituidas e inscritas, en su caso.

b) Estar al corriente de pago en las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

c) Presentar un proyecto con las características que se indican en el apartado tercero de la orden de convocatoria. Cada solicitante podrá presentar un único proyecto.

Segundo

Objeto

El objeto de esta orden es la concesión de subvenciones destinadas a Universidades madrileñas con Centros de Documentación e Información Europea para 2020. Estas ayudas tendrán por objeto la financiación del desarrollo de proyectos de información y divulgación de la Unión Europea, de interés general para la Comunidad de Madrid, a desarrollar por Centros de Documentación e Información Europea de Universidades madrileñas.

Tercero

Bases reguladoras

La Orden 2193/2017, de 18 de julio, del Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno, por la que se aprueban las Bases Reguladoras que han de regir las convocatorias de concesión de subvenciones destinadas a Universidades madrileñas con Centros de Documentación e Información Europea (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 180, de 31 de julio de 2017).

Cuarto

Cuantía y período subvencionable

1. El crédito destinado para la presente convocatoria será de 60.000 euros, que se imputarán a la partida 45990 “Universidades Públicas y Privadas”, del Programa 921U del Presupuesto de Gastos de la Consejería de Presidencia para 2020.

2. La cuantía de la subvención concedida a cada beneficiario podrá alcanzar el importe solicitado en el proyecto subvencionado y no podrá exceder para cada beneficiario, o conjunto de beneficiarios, en el caso de proyecto presentado en conjunto, de 10.000 euros.

3. El pago de la subvención se realizará mediante anticipo a cuenta. No se exigirán avales o garantías.

4. Las actividades y los gastos subvencionables deberán haber sido ejecutados antes del 15 de mayo de 2021.

5. El plazo de justificación terminará el 30 de junio de 2021.

Quinto

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en forma de extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de septiembre de 2020.

La Consejera de Presidencia, EUGENIA CARBALLEDO BERLANGA

(03/23.618/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.102.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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