Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 236

Fecha del Boletín 
29-09-2020

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200929-40

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GUADARRAMA

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Guadarrama. Régimen económico. Padrones fiscales

Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, del día 7 de septiembre de 2020, han sido aprobados los siguientes padrones fiscales correspondientes al ejercicio 2020:

— Impuesto de Bienes Inmuebles (urbana, rústica y Bices).

— Impuesto de actividades económicas.

— Tasa por instalación de cajeros automáticos en las fachadas de los inmuebles con acceso directo desde la vía pública.

— Aprovechamiento de huertos familiares.

El cobro en período voluntario, cumpliendo lo establecido en los artículos 23 y 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio; Reglamento General de Recaudación y artículo 12.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, será desde el día 1 de octubre hasta el 30 de noviembre de 2020 y se podrá realizar en las entidades bancarias colaboradoras y en Internet a través de la pasarela de pagos en www.guadarrama.es

El vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario sin haber sido satisfecha la deuda determinará el inicio del período ejecutivo, con el consiguiente recargo de apremio e intereses de demora, de acuerdo con los dispuesto en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Lo que se hace público en cumplimiento de la legislación vigente y para general conocimiento.

En Guadarrama, a 8 de septiembre de 2020.—El alcalde, Diosdado Soto Pérez.

(02/21.833/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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