Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 237

Fecha del Boletín 
30-09-2020

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200930-105

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8

105
Madrid número 8. Ejecución 200/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. RAQUEL PAZ GARCÍA DE MATEOS, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social número 8 de Madrid, HAGO SABER:

Que en la Ejecución número 200/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. VESSISLAV ANTONOV KARAIVANOV frente a GRUPO HOSTELERO DEL SUR 2012, SL se ha dictado auto despachando ejecución dineraria de la sentencia dictada en el procedimiento por despido número 1270/2018 y del auto de extinción de la relación laboral de fecha 13 de febrero de 2020 por las cantidades que se hacen constar en concepto de principal, intereses y costas provisionales pendientes de liquidación, resolución contra la que la empresa demandada puede oponerse por la vía del recurso de reposición, de conformidad con lo dispuesto en el art. 239.4 de la LJS en el plazo de los tres días siguientes a la publicación del presente edicto, consignando la cantidad de 25 euros; dictándose en la misma fecha decreto de medidas ejecutivas con audiencia por 15 días a ejecutante y FOGASA, resolución contra la que la empresa ejecutada puede interponer recurso directo de revisión en el plazo de tres días siguientes a la publicación del presente edicto, consignando la cantidad de 25 euros.

Ambas resoluciones están a disposición de la empresa ejecutada en la Secretaría de esta Oficina Judicial.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a GRUPO HOSTELERO DEL SUR 2012 SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a siete de septiembre de dos mil veinte.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/21.740/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200930-105