Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 237

Fecha del Boletín 
30-09-2020

Sección 1.3.103.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200930-21

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y VÍCTIMAS

21
ENCOMIENDA de gestión de 28 de septiembre de 2020, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia, por la que se acuerda la tercera prórroga de la suscrita el 23 de diciembre de 2019

De una parte, don Manuel Galán Rivas, Secretario General Técnico de la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas.

Y de otra parte, doña Elena Hernáez Salguero, Secretaria General Técnica de la Consejería de Presidencia.

EXPONEN

Mediante el Decreto 73/2019, de 27 de agosto, del Consejo de Gobierno, se modificó la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.

Por razones de eficacia y con el fin de garantizar la continuidad de la gestión administrativa, se consideró conveniente encomendar, desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo de 2020, a la Consejería de Presidencia determinadas tareas en materia de contratación, gestión presupuestaria y contable, régimen jurídico, régimen interior, registro y personal dentro del ámbito de competencias en materia de Justicia, Interior y Víctimas que ahora corresponden a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas, así como las propias del delegado de protección de datos y de la unidad de transparencia de esta Secretaría General Técnica, con excepción de la materia de ordenación y control de juego.

Careciendo las unidades administrativas de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas de personal suficiente para gestionar las funciones que tiene atribuidas por razón de la materia, fue necesario prorrogar la encomienda de gestión acordada el 23 de diciembre de 2019 hasta el 30 de junio de 2020.

Posteriormente, se procedió a acordar una segunda prórroga de la encomienda en algunas de dichas materias hasta el 30 de septiembre al no disponer la Secretaría General Técnica de todo el personal necesario para la gestión completa de las materias que tiene atribuidas.

Quedando pendiente la cobertura de varios puestos de apoyo administrativo, se hace necesario acordar una tercera prórroga limitada tan solo a algunas tareas de gestión administrativa.

Como consecuencia de lo anterior, y al amparo de lo establecido en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los titulares de los órganos intervinientes,

ACUERDAN

Primero

Objeto

Prorrogar la encomienda de gestión a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia de 23 de diciembre de 2019, para el apoyo a la gestión de los expedientes en materia de Justicia, Interior y Víctimas, propios de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas, referidos a seguridad social e incapacidades y, en materia de régimen interior, en relación con los contratos vigentes de mantenimiento, limpieza y seguridad de los edificios, así como las funciones de registro de documentación, exceptuando las entradas registrales telemáticas y las entradas por la aplicación estatal ORVE.

No se incluye en el objeto de la encomienda la materia de ordenación y control de juego.

Segundo

Plazo

La prórroga producirá efectos desde el 1 de octubre de 2020 hasta el día 31 de octubre de 2020.

No obstante, el plazo anteriormente señalado, en la medida en que las unidades administrativas adscritas a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas estén en disposición de gestionar, por tener el personal suficiente, las funciones que tienen atribuidas por razón de la materia, la encomienda dejará de tener eficacia en relación con los determinados ámbitos materiales. Esta circunstancia se hará constar en un documento firmado por los firmantes de la presente encomienda.

Tercero

Competencia

La encomienda de gestión no supone cesión de la titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.

Los actos y resoluciones que den soporte o en los que se integren las actividades materiales, técnicas y de servicios objeto de esta encomienda se adoptarán por los órganos administrativos competentes de la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas.

En todo caso, la Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia tendrá la condición de encargado del tratamiento de los datos de carácter personal a los que pudiera tener acceso en ejecución de la encomienda de gestión, siéndole de aplicación lo dispuesto en la normativa de protección de datos de carácter personal, de acuerdo con la normativa vigente, en los términos establecidos en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Cuarto

Publicación

Publicar la presente encomienda en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 28 de septiembre de 2020.—El Secretario General Técnico de Justicia, Interior y Víctimas, Manuel Galán Rivas.—La Secretaria General Técnica de Presidencia, Elena Hernáez Salguero.

(03/24.315/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.103.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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