Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 237

Fecha del Boletín 
30-09-2020

Sección 1.4.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200930-28

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA

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Orden de 14 de septiembre de 2020, de la Consejería de Hacienda y Función Pública, por la que se acuerda la revocación por causa de interés público de la cesión de uso gratuita, a favor de la Asociación Seniors Españoles para la Cooperación Técnica (SECOT) del Aulario integrado en el inmueble situado en la calle General Oraá, número 39, de Madrid, y se adscribe la totalidad de este Complejo a la Consejería de Educación y Juventud.

De acuerdo con los datos obrantes en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad de Madrid, con el número de referencia 31, esta Administración es propietaria del inmueble situado en la calle General Oraá, número 39, de Madrid, transferido por Real Decreto 1359/1984, de 20 de junio, sobre transferencia de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid en materia de Sanidad.

Mediante Orden de la entonces Consejería de Economía y Hacienda, de fecha 15 de diciembre de 2012, se cedió el uso gratuito del Aulario integrado en ese inmueble a la Asociación Seniors Españoles para la Cooperación Técnica (SECOT), para el desarrollo de las finalidades de utilidad pública que persigue esa Asociación, entre las que se encuentran la impartición de formación externa a emprendedores, microempresas y otras entidades del tercer sector.

El plazo por el que se concedió esa cesión era de cinco años a contar desde el 1 de enero de 2013, prorrogables por otros cinco. No obstante, en la propia Orden de cesión se establece como posible causa de extinción la revocación de esa cesión por causas de interés público por parte de la Comunidad de Madrid.

La Dirección General de Infraestructuras y Servicios de la Consejería de Educación y Juventud de la Comunidad de Madrid, mediante escrito de 7 de septiembre de 2020, ha manifestado la necesidad de recuperar las instalaciones objeto de esa cesión gratuita de uso para destinarlas a la implantación de dos Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica que en el momento actual están ubicados en centros educativos que necesitan de forma urgente recuperar los espacios ocupados por los mismos por la situación COVID.

El resto del Complejo no cedido a SECOT se adscribió en virtud de Resolución de la Dirección General de Contratación y Patrimonio, de 5 de mayo de 2015, a la Consejería competente en materia de Justicia, hoy la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas, para instalar la Clínica Médico Forense de Madrid. Este destino no se ha ejecutado ni actualmente se utiliza para otros fines propios de la citada Consejería, estando vacío y sin uso.

En virtud de lo expuesto, vistas las alegaciones formuladas por SECOT, en atención al informe emitido por la Dirección General de Infraestructuras y Servicios de la Consejería de Educación y Juventud, y en uso de las competencias que me han sido conferidas por los artículos 24, 25 y 56 de la Ley 3/2001, de 21 de junio, de Patrimonio de la Comunidad de Madrid.

DISPONGO

Primero

Acordar la revocación por razones de Interés Público de la cesión de uso gratuita, concedida a favor de la Asociación Seniors Españoles para la Cooperación Técnica (SECOT), del Aulario integrado en el Inmueble situado en la calle General Oraá, número 39, de Madrid.

Se autoriza que SECOT, de manera provisional, mantenga el uso de la planta tercera del Aulario.

Segundo

Desadscribir el resto del inmueble sito en la calle General Oraá, número 39, en el que se haya integrado ese Aulario, de la Consejería de Justicia, Interior y Victimas.

Tercero

Adscribir la totalidad del inmueble de la calle General Oraá, número 39, a la Consejería de Educación y Juventud para destinarlo a uso educativo.

La adscripción confiere las funciones y responsabilidades de uso, administración, gestión, conservación y defensa respecto al inmueble adscrito.

Cuarto

Ordenar a la Dirección General de Patrimonio y Contratación la actualización de los datos obrantes en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad de Madrid.

Quinto

La presente Orden surte efectos desde el momento de su aprobación.

Sexto

La presente Orden se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, se notificará a la Asociación Seniors Españoles para la Cooperación Técnica (SECOT) y se comunicará a la Consejerías de Educación y Juventud y de Justicia, Interior y Victimas.

Madrid, a 14 de septiembre de 2020.—El Consejero de Hacienda y Función Pública, P. D. (Orden de 6 de julio de 2020; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 171, de 16 de julio de 2020), el Viceconsejero de Hacienda, José Ramón Menéndez Aquino.

(03/23.596/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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