Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 238

Fecha del Boletín 
01-10-2020

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201001-46

Páginas: 4


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

46
San Martín de Valdeiglesias. Organización y funcionamiento. Estructura del Gobierno

Se ha dictado por la alcaldesa doña Mercedes Zarzalejo Carbajo, en fecha 16 de septiembre de 2020, decreto número 2020-1856, con el tenor literal siguiente:

«El día 7 de noviembre de 2019, esta Alcaldía dictó resolución con número 2019-3772, en la que acordó aprobar la nueva estructura del Gobierno municipal creando sus diferentes áreas.

De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional cuarta del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, corresponde a la Alcaldía el establecimiento de la estructura y organización de los servicios administrativos del Ayuntamiento, sin perjuicio de las facultades que corresponden al Pleno.

En uso de tal facultad, esta Alcaldía considera conveniente modificar la estructura de gobierno aprobada por su resolución número: 2019-2772, de fecha 7 de noviembre de 2019, para ajustar más adecuadamente al desarrollo de las políticas públicas que pretenden ejecutarse por el Gobierno municipal dicha estructura de gobierno.

En consecuencia, he resuelto:

1. Aprobar la estructura del Gobierno municipal compuesto por las siguientes áreas:

1.1. Área de Régimen Interior y Personal, Nuevas Tecnologías, Mundo Rural (Agricultura, Pesca y Caza), Seguridad y Movilidad, Turismo y Festejos.

La citada Área incluye los citados ámbitos materiales de actuación cuyo contenido, a título orientativo, es el siguiente:

— Régimen Interior: la coordinación del funcionamiento de los órganos de Gobierno y las relaciones con los demás Grupos Municipales. La organización y la dirección de los servicios administrativos. El archivo administrativo.

— Actos oficiales, hermanamientos y comunicación.

— Personal: la preparación, el estudio e informe sobre los asuntos municipales relacionados con la ordenación de la función pública; la política de personal; la valoración de los puestos de trabajo; el número de funcionarios contratados y personal eventual, dentro de los créditos presupuestarios consignados al efecto; la oferta anual de empleo público; las instrucciones a que deberán atenerse los representantes del Ayuntamiento cuando proceda negociación con la representación sindical de los funcionarios públicos, de sus condiciones de trabajo; la programación a corto y a largo plazo de las necesidades de personal; los expedientes disciplinarios; el régimen de vacaciones; elaborar, desarrollar y coordinar los planes generales tendentes a mejorar el rendimiento den los servicios de formación del personal; el régimen disciplinario (excluida la Policía Local); el registro de personal; la selección de personal; las situaciones de los funcionarios; elaborar los proyectos normativos en materia de personal.

— Nuevas Tecnologías: la promoción en la población de la implantación y uso de las tecnologías de la información y comunicación para la mejora de la formación, participación y el desarrollo de la población. Asimismo, las políticas públicas para la implantación efectiva y eficiente de la e-Administración o Administración electrónica.

— Mundo Rural: las políticas públicas para el fomento, conservación y explotación de la agricultura, la pesca y la caza en el municipio.

— Seguridad y Movilidad: en el marco de las funciones reservadas a los municipios: la organización y la gestión de la prevención, el mantenimiento y el establecimiento de la seguridad ciudadana, y la Jefatura de la Policía Local sin perjuicio de las funciones que corresponden a la Alcaldía como titular de la Jefatura Superior de Personal.

— La ordenación, dirección y planificación del uso por el tráfico rodado y peatonal de los espacios públicos.

— La ordenación del transporte; el arrendamiento de vehículos sin conductor; los servicios urbanos e interurbanos de transporte en automóviles ligeros, la ordenación y desarrollo del servicio de taxis de la localidad; el transporte público de viajeros.

— Turismo: el fomento, coordinación, regulación, difusión, organización y gestión de programas y actividades que sirvan a la potenciación del turismo en nuestro municipio.

— Festejos: manifestaciones festivas en el ámbito local, ya sean programadas directamente por el Ayuntamiento o bien con la participación de este y otras asociaciones o colectivos privados radicados en el municipio. La recuperación, conservación y divulgación de las tradiciones locales.

— Esta Área incluye cualquier otro ámbito material no incluido en las otras Áreas o Delegación.

1.2. Área de Urbanismo, Obras e Infraestructuras, Urbanizaciones, Formación y Empleo, Comercio e Industria y Atención Ciudadana.

La citada Área incluye los citados ámbitos materiales de actuación cuyo contenido, a título orientativo, es el siguiente:

— Urbanismo: actividad urbanística en general: planeamiento, gestión y disciplina urbanísticas. Rehabilitación, regeneración y reforma urbanas. Fomento y promoción de la vivienda.

— Obras e Infraestructuras: infraestructuras y obras en el medio urbano. Dirección y organización del personal de oficios.

— Urbanizaciones: relación institucional con las urbanizaciones y sus representantes, canalizando sus demandas y aspiraciones.

— Formación y Empleo: la organización y fomento de actividades que puedan crear empleo, así como la organización de cursos, en colaboración con organismos públicos o privados, que mejoren la formación de los desempleados y de los profesionales de la localidad. Las relaciones de coordinación y colaboración, a dichos efectos, con el IMADE, etcétera.

— Orientar y dirigir en la solicitud de ayudas y de subvenciones para proyectos de iniciativa pública o privada. La promoción de cauces para la creación y el fomento de empresas, en coordinación con el Instituto Madrileño para el Desarrollo y otras instituciones dedicadas a este fin.

— El fomento, la coordinación, la regulación, la difusión, la organización y la gestión de programas y actividades que sirvan a la potenciación del empleo en nuestro municipio. Apoyo de cualquier iniciativa que pueda contribuir al desarrollo local del municipio.

— Comercio e Industria: estudios sobre el tejido industrial y comercial del municipio y la formulación y ejecución de actividades para su potenciación y mejora. Actividades Industriales y Comerciales.

— Comercio en general incluida la venta en establecimientos y la ambulante. Libre competencia y el control de mercados municipales.

— La gestión, ordenación, fomento y regulación de las actividades hosteleras, así como la coordinación, información y propaganda para el fomento y atracción de las actividades desarrolladas por la Administración pública y por los particulares que favorezcan al sector.

— El desarrollo de las facultades municipales referidas a consumidores y usuarios; el registro de organizaciones de consumidores; el comercio de minoristas de alimentación; la organización y vigilancia del mercadillo municipal.

— Atención ciudadana: fomento de la participación ciudadana en los asuntos públicos. Recepción y canalización de las demandas, necesidades, proyectos e iniciativas de los vecinos.

— Ampliar y reforzar la transparencia de la actividad pública municipal, y regular y garantizar el derecho de acceso a la información relativa a aquella actividad.

— Potenciación de la publicidad activa para que la información de la actividad y gestión municipal llegue a los vecinos de forma ágil y fluida.

1.3. Área de Hacienda, Contratación, Educación, Cultura, Juventud, y Peñas y Asociaciones.

La citada Área incluye los citados ámbitos materiales de actuación cuyo contenido, a título orientativo, es el siguiente:

— Hacienda: gestión económica: preparación y estudio de las ordenanzas fiscales, operaciones de crédito y tesorería; exacciones; recaudación; patrimonio: adquisiciones, enajenaciones, permutas, cargas y gravámenes; aprovechamiento de bienes, concesiones y autorizaciones sobre bienes muebles e inmuebles; adquisición de material inventariable y fungible.

— La planificación económico-financiera municipal. Preparación y elaboración de los presupuestos y su liquidación y de las cuentas municipales.

— Contratación: acordar la contratación menor a la vista de las propuestas formuladas por las diferentes concejalías. Formular las propuestas en materia de contratación a la Junta de Gobierno Local o al Pleno en función de quien sea competente.

— Educación: actividad municipal relacionada con todos los centros públicos de Educación Infantil y Primaria, así como Secundaria, conforme a la legislación vigente en materia de educación; la prevención de drogodependencias y la relación y la coordinación con instituciones y organizaciones de ámbito supramunicipal en todo lo que se refiera a esta materia; las políticas públicas locales en materia de educación.

— Relaciones interadministrativas y de colaboración con otras Administraciones en materia educativa. Los proyectos encaminados a mejorar la calidad educativa del municipio.

— Bibliotecas municipales y Escuela de Música.

— Cultura: desarrollo de la formación cultural de la población mediante la organización de la celebración de conferencias, exposiciones, recitales, conciertos, teatros, proyecciones cinematográficas, visitas a lugares de interés artístico e histórico, etc. y, en definitiva, el desarrollo de todos los intereses culturales dentro del ámbito municipal. La dirección y gestión del Centro Municipal de Cultura. Las relaciones del Ayuntamiento con toda clase de Asociaciones Culturales radicadas dentro del municipio.

— La gestión y promoción de los bienes muebles e inmuebles de carácter histórico. Adquisiciones, enajenaciones y donaciones de ambos tipos de bienes, procediendo a su control a través de los respectivos inventarios.

— La dirección de la organización y gestión de los documentos que se conservan en el Archivo Municipal de una antigüedad superior a veinticinco o cincuenta años según el tipo de documento, disponiendo lo pertinente en orden a su uso, consulta y difusión cultural.

— Juventud: las asociaciones de juventud de ámbito local en sus relaciones municipales, Dirección de la Casa de Juventud, la promoción de políticas públicas de juventud.

— Peñas y Asociaciones: las relaciones municipales con las peñas y las asociaciones municipales.

1.4. Área de Familia, Bienestar Social, Sanidad, Igualdad y Deportes.

La citada Área incluye los citados ámbitos materiales de actuación cuyo contenido, a título orientativo, es el siguiente:

— Familia: promoción de las políticas públicas locales relacionadas con la promoción y protección de la familia, impulsando el desarrollo de cuantas actuaciones sean necesarias para ello.

— Bienestar social: Coordinación de las funciones y actividades del Ayuntamiento con las de la Mancomunidad de Servicios Sociales “Los Pinares” y de todas aquellas instituciones públicas o privadas que en el ámbito municipal y de la Comunidad de Madrid actúen en dicha materia.

— Sanidad: la representación ante todas las Instituciones Sanitarias y la intervención en los aspectos sanitarios de todos los servicios públicos municipales. El fomento y el desarrollo de programas y actuaciones dirigidas a la Salud Pública.

— Igualdad: las políticas públicas en materia de igualdad. La promoción y apoyo al fomento de las condiciones que hagan posible la igualdad social de ambos sexos, la plena participación de la mujer y el hombre en la vida pública, cultural, económica y social. Planes de Igualdad Municipal. Asimismo, Actividades dirigidas a la población inmigrante y las relaciones con otras administraciones en orden a coordinar y promover las políticas públicas relacionadas con la materia.

— Deportes: la gestión y la vicepresidencia del Patronato Municipal de Deportes y cualquier otra instalación deportiva de carácter municipal. Las relaciones con cualquier institución pública o privada para la programación, organización y ejecución de actividades deportivas; la práctica del deporte ciudadano como actividad espontánea, desinteresada y lúdica o con fines lucrativos o sanitarios; la actividad deportiva organizada a través de estructuras asociativas; regulación de espectáculos deportivos, y la relación en materia deportiva con otros municipios limítrofes y órganos dependientes de la Comunidad de Madrid.

1.5. Área de Medio Ambiente, Servicios y Tercera Edad.

La citada Área incluye los citados ámbitos materiales de actuación cuyo contenido, a título orientativo, es el siguiente:

— Medio Ambiente: protección del medio ambiente: estudios, informes y propuestas en relación con obras, instalaciones y actividades que sean susceptibles de producir impactos sobre el medio ambiente, o que afecten a los recursos naturales, a las relaciones o a los equilibrios entre ellos con el hombre, y a la calidad de vida de los ciudadanos. Dirección de los servicios municipales relacionados con la protección del arbolado, la repoblación forestal y las normas generales sobre uso socio-recreativo de los montes. Asimismo, incluye todo lo relativo a la gestión del servicio del Punto Limpio.

— Servicios: de alumbrado público, abastecimiento de agua, recogida y tratamiento de basuras, limpieza viaria, limpieza de instalaciones públicas, parques y jardines, saneamiento, mobiliario urbano, etc. Seguimiento y control de actuación de los contratistas de servicios públicos.

— Coordinación de las funciones y actividades del Ayuntamiento con las de la Mancomunidad del Sur (gestión de residuos) y de todas aquellas instituciones públicas o privadas que en el ámbito municipal y de la Comunidad de Madrid actúen en dicha materia.

— Protección y mejora de los espacios públicos urbanos, tanto en lo que se refiere a sus elementos estructurales como funcionales.

— Tercera Edad: las relaciones municipales con la Comunidad de Madrid y el Servicio Regional de Bienestar Social en relación con esta materia, así como la representación municipal, cuando proceda, en cualquier órgano de gestión o administración de establecimientos o servicios destinados a la tercera edad.

2. Dejar sin efecto la resolución de esta Alcaldía, número 2019-3772, del día 7 de noviembre de 2019, en la que acordó aprobar la estructura del gobierno municipal creando sus diferentes áreas.

3. Publicar la presente resolución en el tablón de anuncios de la Corporación, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en la web municipal (Portal de Transparencia), sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente al de la firma de esta resolución.

4. Dar cuenta al Pleno de la presente resolución en la primera sesión que celebre».

San Martín de Valdeiglesias, a 21 de septiembre de 2020.—La alcaldesa-presidenta, María Mercedes Zarzalejo Carbajo.

(03/23.433/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201001-46