Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 239

Fecha del Boletín 
02-10-2020

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201002-101

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE LA CALZADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

101
Torrejón de la Calzada. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de convocatoria de concesión de subvenciones por procedimiento de concurrencia competitiva-subvención a familias consecuencia de crisis sanitaria COVID-19.

BDNS (Identif.): 524492

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.papa.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

A. Objeto de la convocatoria: ayudas de tipo económico, destinadas a unidades de empadronamiento por parte del Ayuntamiento de Torrejón de la Calzada (Madrid), en régimen de concurrencia competitiva para hacer frente a los gastos de la vivienda habitual (recibos de luz, agua, gas, seguros…), siempre y cuando las unidades de empadronamiento cumplan con todos los requisitos de la presente convocatoria, cuyo objeto principal es la concesión de ayudas para sufragar estos gastos, cuando la unidad de empadronamiento hayan visto afectada sus ingresos como consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 que principalmente son:

— Persona en situación de ERTE desde la fecha de 14 de marzo de 2020: debe aportar documento expedido por la empresa donde se le comunica la suspensión del contrato por causa de fuerza mayor al trabajador. Se autorizar la comprobación en el SEPE.

— Pérdida del empleo desde 14 marzo de 2020 hasta fecha de publicación de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, se adjuntará la carta de despido.

— Autónomo con caída de ingresos: se debe aportar el comunicado de cese de actividad en la Agencia Tributaria o acreditación de la vulnerabilidad demostrando que la facturación del primer trimestre en comparación con el segundo ha disminuido en más del 70 por 100 a través de modelos como el 303 de la AEAT, además de estar al corriente de AEAT y Seguridad Social. También TC1 y TC2, en caso de optar al aumento de puntos.

B. Régimen jurídico aplicable:

— Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

— Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

C. Dotación presupuestaria: al objeto de hacer frente a las ayudas que se rigen por la presente convocatoria, el Ayuntamiento de Torrejón de la Calzada (Madrid) ha destinado para este fin un total de 60.000,00 euros, reservados en la aplicación presupuestaria 23100.489 del presupuesto municipal para este ejercicio.

D. Bases reguladoras: Junta de Gobierno Local aprobada el 17 de septiembre de 2020, y publicada íntegramente en la página web del ayuntamiento de Torrejón de la Calzada.

E. Lugar y presentación de solicitudes: la solicitud, dirigida a la Concejalía-Delegada de Hacienda, se realizará conforme a modelo puesto a disposición en la página web del Ayuntamiento, durante los treinta días naturales siguientes, a contar desde su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Las solicitudes tendrán que presentarse por Registro de Entrada, de forma telemática o adjuntar autorización a funcionario público para que este pueda presentar en su nombre la solicitud y en cualquiera de los lugares determinados por el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

F. Procedimiento de concesión y régimen de justificación: el procedimiento será el régimen de adjudicación por concurrencia competitiva, vía artículo 22.1 de la Ley General de Subvenciones. Las ayudas serán compatibles con cualquier medida que tome el Gobierno Estatal, Autonómico, así como las que lleve a cabo la Mancomunidad del Suroeste de Madrid, siempre y cuando las ayudas recibidas o solicitadas no fueran para la misma finalidad. Una vez comprobada toda la documentación, se requerirá la subsanación de la documentación no aportada o incompleta y la aportación de documentación complementaria.

G. Justificación de la subvención: la justificación de la subvención concedida se realizará mediante la presentación, al propio tiempo de la solicitud, de la copia de los documentos justificativos de los gastos de la vivienda habitual (preferentemente copia del recibo bancario), correspondiente al período comprendido entre 14 de marzo de 2019 y el día de la publicación de las bases en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con exclusión de cualesquiera intereses, recargos o sanciones sobre el mismo, que acredite que ha sido efectivamente pagado.

H. Modificación, interpretación y aceptación de la convocatoria: el Ayuntamiento de Torrejón de la Calzada (Madrid), a través de la Concejalía-Delegada de Hacienda, se reserva el derecho exclusivo a la modificación total o parcial y a la interpretación de la presente convocatoria, así como al desarrollo de esta en aquellos aspectos que pudieran ser objeto de ampliación o especificación, sin que pueda haber reclamación alguna sobre este particular. Asimismo, todas las personas solicitantes, por el hecho de presentar el impreso que se establezca al efecto para la presente convocatoria, se obligan al conocimiento y la aceptación total de la misma. La presentación de la solicitud implicará la autorización de los solicitantes para que el Ayuntamiento de Torrejón de la Calzada (Madrid) obtenga de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), Padrón Municipal, Dirección General del Catastro y Departamentos Municipales encargados de la recaudación de los impuestos y tasas correspondientes, la información necesaria para la resolución del procedimiento. El Ayuntamiento podrá solicitar cualquier otra documentación acreditativa de los criterios establecidos en la convocatoria.

I. Instrucciones: se deberán cumplimentar los anexos y formularios que aparecerán en la página web municipal y que forman parte de las presentes bases.

En Torrejón de la Calzada, a 24 de septiembre de 2020.—La alcaldesa, Azahara Molina.

(03/23.988/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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