Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 242

Fecha del Boletín 
05-10-2020

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201005-85

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11

85
Madrid número 11. Procedimiento 534/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D. José Antonio Rincón Mora, letrado de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social nº 11 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 534/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. SANDRA MUINELO DÍAZ, D./Dña. CLAUDIO ABASCAL GUZÓN, D./Dña. SERGIO RUBÍN LARGO, D./Dña. DIEGO GARCÍA SÁNCHEZ, D./Dña. CARMEN VILLASECA ABEJARO, D./Dña. JOSÉ ANTONIO RÍOS FERNÁNDEZ, D./Dña. ANDRÉS POSE ESPAÑA, D./Dña. SARA PUEBLA MARTÍN, D./Dña. ÁLVARO OVEJERO HERNÁNDEZ, D./Dña. SONSOLES GARCÍA MOTA y D./Dña. MIRIAM OLMEDA BERMEJO frente a UTOPÍA XXI SL, sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Estimando la demanda interpuesta por D. ÁLVARO OVEJERO HERNÁNDEZ, D. SERGIO RUBÍ LARGO, D. DIEGO GARCÍA SÁNCHEZ, D. JOSÉ ANTONIO RÍOS FERNÁNDEZ, Dª SONSOLES GARCÍA MOTA, D. ANDRÉS POSE ESPAÑA, Dª SANDRA MUINELO DÍAZ, Dª SARA PUEBLA MARTÍN, D. CLAUDIO ABASCAL GUZÓN, Dª MIRIAM OLMEDA BERMEJO, y, Dª CARMEN VILLASECA ABEJARO, contra, UTOPÍA XXI, S.L., en reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la empresa demandada, a abonar a los actores, la cantidad que para cada uno de ellos se relaciona, por los conceptos y periodos indicados:

1) A D. Álvaro Ovejero Hernández: 430,73 euros.

2) A D. Sergio Rubí Largo: 218,34 euros.

3) A D. Diego García Sánchez: 184,63 euros.

4) A D. José Antonio Ríos Fernández: 160 euros.

5) A Dª Sonsoles García Mota: 430,87 euros.

6) A D. Andrés Pose España: 86,41 euros.

7) A Dª Sandra Muinelo Díaz: 146,30 euros.

8) A Dª Sara Puebla Martín: 172,83 euros.

9) A D. Claudio Abascal Guzón: 174,66 euros

10) A Dª Miriam Olmeda Bermejo: 263,76 euros.

11) A Dª Carmen Villaseca Abejaro: 217,79 euros.

Se advierte a las partes que esta sentencia es firme y contra ella no cabe interponer recurso alguno.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a UTOPÍA XXI SL en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a ocho de septiembre de dos mil veinte.

EL LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/22.034/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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