Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 243

Fecha del Boletín 
06-10-2020

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201006-111

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15

111
Madrid número 15. Ejecución 100/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA DOLORES MARIN RELANZON LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 15 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 100/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MOHAMED KHAJJOU ASSLADDAR y D./Dña. MOHAMED ABBOU frente a COTRASO 2018 SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

Se acuerda la acumulación a la presente ejecución nº Ejecución de títulos judiciales 100/2020, del/de la/s que se sigue/n también en este Juzgado con el/los números ETJ 101/2020, continuándose su tramitación en un solo procedimiento.

Se acuerda ampliar en otras 7.152,73 euros y 1.430 euros para intereses y costas a presente ejecución, y notificándose la presente resolución al Fondo de Garantía Salarial de conformidad con el Decreto de esta misma fecha.

El principal total de las dos ejecuciones acumuladas asciende a 20.576,90 euros más 4.114 euros para intereses y costas que se presupuestan provisionalmente

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso ( art 186.1 L.J.S).

Y para que sirva de notificación en legal forma a COTRASO 2018 SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a catorce de septiembre de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/22.558/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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