Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 243

Fecha del Boletín 
06-10-2020

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201006-51

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

51
Fuenlabrada. Régimen económico. Modificación presupuestaria

En la Secretaría General de esta Entidad Local, a los efectos de lo dispuesto en los artículos 177, 179 y 180 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo de 2004, texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hallan expuestos al público los expedientes de modificaciones presupuestarias que han sido aprobados inicialmente por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 1 de octubre de 2020:

— Transferencia de crédito número 58/20: subvención nominativa a entidades urbanísticas por importe total de 180.750,00 euros y subvención nominativa a uniones comarcales UGT y CC OO por importe total de 18.000,00 euros. Se advierte de que estas modificaciones presupuestarias conllevan la actualización del anexo de subvenciones nominativas 2020.

— Transferencia de crédito número 59/20.

— Suplemento de crédito número 61/20.

Las personas que resulten interesadas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 169.1 del mencionado Real Decreto Legislativo, podrán formular las reclamaciones que estimen oportunas con sujeción a las siguientes normas:

a) Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

b) Oficina de presentación: Registro General del Ayuntamiento.

c) Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento Pleno.

Fuenlabrada, a 2 de septiembre de 2020.—La secretaria general, María del Rocío Parra Castejón.

(03/25.065/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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