Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 244

Fecha del Boletín 
07-10-2020

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201007-120

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

120
Madrid número 14. Ejecución 186/2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA ANGELES CHARRIEL ARDEBOL LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 14 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 186/2013 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. BLANCA ELISA RODRIGUEZ CASTRO frente a D./Dña. LUCY DOMINGUEZ HOYOS sobre Ejecución Forzosa del Laudo Arbitral se ha dictado la siguiente resolución:

DECRETO

En Madrid, a ocho de julio de dos mil veinte.

PARTE DISPOSITIVA

Se aprueba la liquidación de intereses practicada por la suma de 695,37 euros, a cuyo pago resulta condenada la parte demandada en las presentes actuaciones.

Póngase a disposición las cantidades resultantes de la liquidación de intereses, a tal efecto:

– Requiérase a la ejecutante DOÑA BLANCA ELISA RODRIGUEZ CASTRO, por plazo de tres días, a fin de que aporte un número de cuenta bancaria (de su titularidad) para proceder a transferirle la cantidad de 695,37 euros en concepto de intereses.

– Existiendo un sobrante en este procedimiento cuyo importe asciende a 39,94 euros y no figurando otro Juzgado de lo Social en el que se sigan ejecuciones contra la condenada, requiérase a la ejecutada Dña. LUCY DOMINGUEZ HOYOS, por plazo de tres días, a fin de que aporte un número de cuenta bancaria (de su titularidad) para proceder a transferirle la cantidad de 39,94 euros en concepto de sobrante.

Se les advierte a las partes que, caso de no aportar un número de cuenta, se expedirá mandamiento de pago a su favor por dichos conceptos y cantidades, haciéndole saber que los mandamientos deberán ser presentados al cobro en un plazo de tres meses a contar desde el día siguiente a su emisión, no excluyéndose los días inhábiles, pero sí el día del vencimiento, por lo que se entenderá que el mandamiento vence el día hábil siguiente (art. 12.2 R.D. 467/2006, de 21 de Abril). Asimismo, hágaseles saber que en caso de no proceder a su cobro, se procederá a transferir dicha cantidad a la Cuenta de Fondos Provisionalmente Abandonados.

Notifíquese la presente resolución a las partes, y una vez verificados ambos cobros, procédase al archivo de las presentes actuaciones.

MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

D./Dña. MARIA ANGELES CHARRIEL ARDEBOL

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Dña. LUCY DOMINGUEZ HOYOS, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a diez de septiembre de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/22.428/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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