Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 244

Fecha del Boletín 
07-10-2020

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201007-123

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15

123
Madrid número 15. Procedimiento 169/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARGARITA MARTÍNEZ GONZÁLEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 15 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 169/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. BEATRIZ GONZALEZ RICO CABRA frente a FIRENZZE 2000 SA y FOGASA sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

SENTENCIA Nº 188/2020

En Madrid, a 11 de septiembre de 2020.

Dª Isabel Sánchez Peña, Juez del Juzgado de lo Social Nº15 de Madrid (Refuerzo) ha visto y oído los presentes autos de procedimiento laboral Nº169/2020 seguidos entre las partes: de una como demandante Dña. BEATRIZ GONZALEZ RICO CABRA asistida por el Letrado Sr. Miguel Angel Cañadilla Gallego; y de la otra como demandada FIRENZZE 2000 S.A. que no comparece, siendo citado FOGASA que tampoco comparece; sobre despido.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Que con fecha 4 de febrero de 2020 se presentó demanda ante el Registro general de los Juzgados de lo Social, que correspondió a este juzgado por reparto y admitida la demanda a trámite se convocó a las partes a los actos de juicio y de conciliación previa, que tuvo lugar el día 9 de septiembre de 2020.

SEGUNDO.- En el acto del juicio solo compareció la parte actora que se ratificó en su escrito de demanda, en los términos que constan en la grabación audiovisual realizada al efecto, solicitando la extinción de la relación laboral al encontrarse la empresa cerrada.

TERCERO.- Practicada la prueba admitida con el resultado que obra en autos y uniéndose a los mismos, elevó la parte actora sus conclusiones a definitivas y quedaron los autos conclusos para sentencia.

CUARTO.- En la tramitación de este procedimiento se han observado en lo fundamental las prescripciones legales

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por Dña. BEATRIZ GONZALEZ RICO CABRA, debo DECLARAR Y DECLARO IMPROCEDENTE EL DESPIDO de la actora y siendo imposible la readmisión DECLARO EXTINGUIDA la relación laboral entre las partes y CONDENO a la empresa demandada FIRENZZE 2000 S.A. a que indemnice a la actora con la suma de 2.255,11 euros; debiendo ABSOLVER a FOGASA sin perjuicio del art. 33 E.T.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que pueden recurrir en Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de cinco días hábiles a contar del siguiente a la notificación, por medio de comparecencia o por escrito.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a FIRENZZE 2000 SA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a once de septiembre de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/22.414/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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