Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 244

Fecha del Boletín 
07-10-2020

Sección 3.10.20H: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201007-54

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE HOYO DE MANZANARES

RÉGIMEN ECONÓMICO

54
Hoyo de Manzanares. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto bases reguladoras de la convocatoria de becas para la adquisición de libros de texto para el curso 2020-2021, en centros de enseñañnza pública del Municipio de Hoyo de Manzanares.

ES: BDNS (Identif.): 525886

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/525886)

Primero. Beneficiarios.—Requisitos que tienen que cumplir obligatoriamente los alumnos que resulten beneficiarios de las presentes ayudas, debiendo mantenerse todos ellos hasta la finalización del procedimiento:

a) Estar empadronados en Hoyo de Manzanares: el alumno y la madre y/o el padre, o en su caso el tutor o persona encargada de la guarda y protección del menor.

b) Estar matriculado durante el curso 2020-2021 en el CEIP Virgen de la Encina, o en el IES Francisco Ayala.

c) Haber presentado la solicitud y documentación requerida en los plazos establecidos en esta convocatoria.

d) No estar incurso en alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

e) Todos los miembros de la unidad familiar estarán al corriente de pago de los tributos y restantes ingresos de derecho público municipales, así como con la Agencia Tributaria y la Tesorería General de la Seguridad Social. El Ayuntamiento comprobará de oficio el cumplimiento del requisito de no tener deudas en período ejecutivo de pago. De no cumplirlo, previo a la resolución definitiva del expediente, se concederá un plazo de 10 días naturales para justificar y presentar documentación que acredite que al día de la comprobación de dicho extremo si se encontraba al corriente de pago.

En el caso de separación legal, será el progenitor que tenga la custodia quien deberá cumplir con el requisito.

f) Se entenderá por unidad familiar el conjunto de las personas relacionadas en el libro de familia. En el caso de separación legal, nulidad o divorcio, estar empadronados la madre y/o el padre, o en su caso el tutor o persona encargada de la guarda y protección del menor.

g) No podrán ser beneficiarias las personas privadas total o parcialmente de la patria de potestad de sus hijos, o cuya tutela haya sido asumida por instituciones públicas.

El solicitante autorizará al Ayuntamiento para que de oficio solicite al Servicio de Padrón Municipal informe de empadronamiento de los solicitantes; y la Recaudación Municipal, de oficio, emitirá informe de estar al corriente de pagos con la Hacienda Municipal.

El solicitante autorizará al Ayuntamiento para que solicite informe de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

Segundo. Objeto.—El Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares convoca ayudas para la adquisición de libros de texto licencia digital y material escolar para el curso escolar 2020-2021.

Tercero. Bases reguladoras.—Acuerdo Junta de Gobierno Local de 24 de septiembre de 2020.

Cuarto. Cuantía.—Con cargo a la aplicación presupuestaria 231.48003 denominada “Becas, ayudas y subvenciones” de los Presupuestos de Gastos del Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares 2020.

El importe de la presente subvención no podrá superar la cuantía total máxima de diez mil euros (10.000,00 euros).

El importe máximo de la ayuda, hasta agotar la cantidad destinada para este concepto será de:

— 50,00 euros/alumno, para familias cuyos hijos sean alumnos de Educación Infantil de 3 a 5 años.

— 25,00 euros/alumno, para familias cuyos hijos sean alumnos de Educación Primaria, cursos primero a sexto.

— 25,00 euros/alumno, para familias cuyos hijos sean alumnos de Educación Secundaria, cursos primero a cuarto

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes y justificación.—Diez días naturales desde el siguiente a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sexto. Documentación:

1. DNI, NIE, Tarjeta de Residencia o Pasaporte del solicitante.

2. Libro de familia completo de los miembros de la unidad familiar.

3. En el caso de que los miembros de la unidad familiar que figuran en la solicitud no fueran los mismos que constan en la citada documentación deberá justificarse documentalmente la diferencia (sentencia de separación, divorcio, etc.).

4. En el caso de familias extranjeras que no dispongan de este documento, se deberá aportar la documentación oficial acreditativa de los miembros de la unidad familiar y sus fechas de nacimiento (partidas de nacimiento...).

5. Factura original por la adquisición de libros de texto, para estudios de Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria para el curso 2020-2021., o en su caso, factura simplificada. no son válidos los tíquets, recibos o documentos de similar naturaleza.

Hoyo de Manzanares, a 1 de octubre de 2020.—El alcalde-presidente, Julián Carrasco Olmo.

(03/24.629/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20H: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201007-54