Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 245

Fecha del Boletín 
08-10-2020

Sección 1.4.105.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201008-34

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD

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RESOLUCIÓN de 30 de marzo de 2020, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, sobre autorización administrativa y aprobación del proyecto para la modificación de una subestación transformadora denominada “S. T. Tales de Mileto”, sita en la calle Euclides, número 2, del término municipal de Alcalá de Henares, solicitada por I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U. Número de expediente: 2019P202-14-0141-00202.3/2019.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero

Con fecha 18 de marzo de 2019 tiene entrada en esta Dirección General de Industria, Energía y Minas escrito de I-De Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U., en el que se solicita la autorización administrativa y aprobación del proyecto para la modificación de la instalación referenciada, al que se acompaña proyecto de ejecución firmado por don Alfonso Valverde Plaza, con número de colegiado 23034 del COITIM.

Segundo

Por parte de esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, se dio cumplimiento al trámite de información pública que figura en el Decreto 70/2010, de 7 de octubre.

Tercero

Consta en el expediente informe emitido por el Director General de Sostenibilidad y Cambio Climático de la Comunidad de Madrid (SEA 9.44/19) de 9 de octubre de 2019, en el que informa que no se estima necesaria la tramitación de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental establecidos en el artículo 7 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

Cuarto

En la tramitación de este expediente se han observado las formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

La competencia de esta Dirección General de Industria, Energía y Minas para resolver la cuestión planteada viene determinada por el Real Decreto 1860/1984, de 18 de julio, de traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de Industria, Energía y Minas, el Decreto 287/2019, de 12 de noviembre, del Consejo de Gobierno donde se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, el Decreto 70/2010, de 7 de octubre, para la simplificación de los procedimientos de autorización, verificación e inspección, responsabilidades y régimen sancionador en materia de instalaciones eléctricas de alta tensión, la Orden de 31 de enero de 2011 por la que se aprueban los modelos y formularios para la presentación de proyectos de alta tensión, el Real Decreto 1955/2000 por el que se regulan las actividades de transporte, distribución y comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el Decreto 131/1997, de 16 de octubre, por el que se fijan los requisitos que han de cumplir las actuaciones urbanísticas en relación con las infraestructuras eléctricas, la Ley 2/2007, de 27 de marzo, por la que se regula la garantía de suministro eléctrico en la Comunidad de Madrid, el Reglamento de Líneas de Alta Tensión aprobado por Real Decreto 223/2008 y el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobado mediante Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo.

Segundo

Del examen de la documentación que obra en el expediente, se desprende que se ha seguido el procedimiento y cumplido los requisitos determinados en la normativa citada, así como los demás de general y pertinente aplicación, por los que esta Dirección General de Industria, Energía y Minas en el uso de las atribuciones legalmente establecidas.

RESUELVE

Primero

Autorizar a I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U. la modificación de una subestación transformadora denominada “S. T. Tales de Mileto”, sita en la calle Euclides, número 2, del término municipal de Alcalá de Henares, cuyas características y ubicación son:

2019P202-ISE85 (coordenadas: X-466706 Y-4482493)

1. Sistema de 132 kV:

— Ampliación del sistema de 132 kV con dos posiciones de protección de transformador.

2. Transformación:

— Instalación de dos transformadores de relación de transformación 132/20 kV, de 40 MVA de potencia cada uno, en edificio interior.

3. Sistema de 20 kV:

— Instalación de sistema de 20 kV en esquema de simple barra partida, compuesto por dos módulos interconectados de celdas blindadas en interior, con aislamiento en SF6, con las siguientes posiciones:

• 12 posiciones de línea.

• 2 posiciones de transformador.

• posición de partición y unión de barras.

• 2 posiciones para transformadores de servicios auxiliares, sin interruptor, con medida de tensión de barras.

4. Servicios auxiliares:

— Instalación de dos transformadores de servicios auxiliares, de 20/0,42 kV y 250 kVA cada uno.

— Instalación de dos reactancias de puesta a tierra de 1.000 A y 10 s.

Segundo

Aprobar el proyecto de ejecución de las instalaciones citadas en el apartado anterior con arreglo a las siguientes condiciones:

1. Las obras se realizarán de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen, cumpliendo las prescripciones dispuestas en los reglamentos vigentes.

2. El plazo de ejecución de la instalación será de 18 meses, contados a partir de la fecha de notificación de la presente resolución, advirtiéndole que si transcurrido dicho plazo no hubiera sido presentada la solicitud del acta de puesta en servicio, acompañada de la documentación establecida en el Anexo I del Decreto 70/2010,se producirá la caducidad de la aprobación del proyecto, sin perjuicio de que el interesado pueda solicitar, por causas justificadas, una ampliación del plazo establecido.

3. La documentación a presentar con la solicitud de acta de puesta en servicio deberá incluir declaración responsable en la que el solicitante certifique que dispone de las oportunas concesiones, autorizaciones o permisos de Administraciones, organismos o empresas de servicios de interés general que puedan verse afectados por la instalación, en los bienes y derechos a su cargo.

Tercero

La presente autorización administrativa y aprobación de proyecto de ejecución se concede sin perjuicio de otras autorizaciones, licencias o concesiones que fuese necesario obtener de otros organismos oficiales competentes, así como de los propietarios de locales o terrenos.

Cuarto

Se deberán cumplir las condiciones expresadas en el Informe emitido por la Dirección General de Sostenibilidad y Cambio Climático de la Comunidad de Madrid (SEA 9.44/19) de 9 de octubre de 2019.

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir de su notificación ante la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad de la Comunidad de Madrid conforme al artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Mediante este acto se notifica al interesado la resolución adoptada en el procedimiento de referencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Madrid, a 30 de marzo de 2020.—El Director General de Industria, Energía y Minas, Gregorio David Valle Rodríguez.

(02/22.017/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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