Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 245

Fecha del Boletín 
08-10-2020

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201008-70

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 36

70
Madrid número 36. Procedimiento 100/2020

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (desahucio precario 250.1.2) (primera instancia civil) número 100/2020, entre SAREB, S. A. e ignorados ocupantes de la calle Robles, número 4, 2.o B, Madrid, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 36/2020

En Madrid, a 30 de junio de 2020.—Vistos por doña María Gavilán Rubio, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 56 de Madrid, los presentes autos de desahucio por precario seguidos en este Juzgado bajo el número 100/2020, a instancias de la Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria (SAREB), representada por el procurador don Francisco José Bajo Abril y bajo la dirección letrada de doña Marta Pérez Moreno, contra los ignorados ocupantes de la vivienda propiedad de la actora, sita en la calle Robles, número 4, piso 2° B, en Madrid, en rebeldía procesal.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta a instancia de la Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria (SAREB), contra los ignorados ocupantes de la vivienda propiedad de la actora, sita en la calle Robles, número 4, piso 2.o B, en Madrid, declaro haber lugar al desahucio por precario instado por la parte demandante, condenando a la parte demandada a que desaloje la vivienda de autos, procediéndose a su lanzamiento si no la desalojare de forma voluntaria. Ello con expresa condena a la parte demandada al pago de las costas procesales.

Notifíquese a las partes, con indicación de que podrán interponer recurso de apelación dentro de los veinte días siguientes, y ante este Juzgado, siendo exigible el depósito de la cantidad de 50 euros en la cuenta de consignaciones de este Juzgado como requisito necesario para la admisión a trámite del recurso.

Y para que sirva de notificación a ignorados ocupantes de la calle Robles, número 4, 2.o B, Madrid, expido y firmo la presente.

En Madrid, a 7 de septiembre de 2020.— El/la letrado/a de la Administración de Justicia (firmado).

(02/23.235/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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