Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 246

Fecha del Boletín 
09-10-2020

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201009-38

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLLADO VILLALBA

RÉGIMEN ECONÓMICO

38
Collado Villalba. Régimen económico. Ordenanza fiscal

Finalizado el plazo de información pública, con reclamaciones, a la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre actividades económicas para el año 2020, aprobada inicialmente el 19 de mayo de 2020 y publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22 de mayo de 2020 con el número 122, por acuerdo de pleno de fecha 24 de septiembre de 2020, se procede a la resolución de las alegaciones presentadas y a la aprobación definitiva, procediéndose a la publicación de la modificación de la ordenanza, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.c de la Ley 7/1985, de 2 de abril, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, en relación con el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, del mismo cuerpo legal.

Se incluye el epígrafe 2 en el artículo 10 de la ordenanza, con el siguiente texto:

“2. Se establece la siguiente bonificación al considerar que la crisis originada por el COVID-19 va a suponer una renta o rendimiento neto negativo de la totalidad de las actividades económicas y, con el objetivo de mantener el tejido empresarial, profesional y comercial, así como el mantenimiento del empleo en el municipio, es por lo que se establece, con carácter general, para todas las actividades recogidas en la matrícula del impuesto, sea cual sea, la división, agrupación o grupo de las tarifas del impuesto en las que se encuadre la actividad desarrollada:

— Una bonificación del 50 por 100 de la cuota correspondiente para los sujetos pasivos que tributen por cuota municipal para el ejercicio 2020.

— Una bonificación del 25 por 100 de la cuota correspondiente para los sujetos pasivos que tributen por cuota municipal para el ejercicio 2021.

Dicha bonificación se aplicará de oficio por los Servicios Técnicos Municipales”.

Collado Villalba, a 5 de octubre de 2020.—La alcaldesa-presidenta, María Dolores Vargas Fernández.

(03/25.696/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201009-38