Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 246

Fecha del Boletín 
09-10-2020

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201009-65

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

65
Madrid. Sección Novena. Procedimiento 308/2010-4

Sección Novena

EDICTO

TRIBUNAL QUE LO DICTA:

SECCIÓN Nº 09 DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Recurso de Apelación 308/2020

PARTE DEMANDANTE: D./Dña. RUTH MOYA PULIDO

PARTE DEMANDADA: IGNORADOS OCUPANTES C/ CASTILLO DE MANZANARES, Nº 4 PISO BAJO 2 (MADRID)

SOBRE: Arrendamientos Urbanos

En virtud de lo acordado en el Recurso de Apelación de referencia, que se tramita en este Tribunal, interpuesto por D./Dña. RUTH MOYA PULIDO, frente a IGNORADOS OCUPANTES C/ CASTILLO DE MANZANARES, Nº 4 PISO BAJO 2 (MADRID), sobre Arrendamientos Urbanos, por no ser conocido el domicilio/estar en ignorado paradero la parte demandada en situación de rebeldía, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156 apartado 4 y 164 de la LEC, se ha acordado en resolución de esta fecha, la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma, para llevar a efecto la diligencia de notificación de la Sentencia de 21-09-2020 cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente.

“SENTENCIA NÚMERO: 414/2020 RECURSO DE APELACIÓN Nº 308/2020

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. JUAN ÁNGEL MORENO GARCÍA

D. JOSÉ MARÍA PEREDA LAREDO

DÑA. MARIA PILAR PALÁ CASTÁN

En Madrid, a veintiuno de septiembre de dos mil veinte.

VISTOS en grado de apelación ante esta Sección Novena de la Audiencia Provincial de Madrid, los Autos de Procedimiento Juicio Verbal nº 767/2018 procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 18 de Madrid a los que ha correspondido el Rollo de apelación nº 308/2020, en los que aparecen como partes: de una, como demandante y hoy apelado BANCO SABADELL S.A representado por la Procuradora Dª. Elena Medina Cuadros; y, de otra, como demandada y hoy apelante Dª RUTH MOYA PULIDO representada por la Procuradora Dª. Olga Romojaro Casado; sobre desahucio precario.

SIENDO MAGISTRADA PONENTE LA ILMA. SRA. DÑA. MARIA PILAR PALÁ CASTÁN.

III. FALLO

1.- Desestimamos el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de Dª RUTH MOYA PULIDO contra la sentencia dictada el 20 de diciembre de 2018 por el Juzgado de Primera Instancia nº 18 de Madrid.

2.- Imponemos las costas de esta alzada a la parte recurrente, con pérdida del depósito constituido para recurrir de conformidad con el punto 9º de la Disposición Adicional Decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Así, por esta nuestra Sentencia, de la que se llevará certificación literal al rollo de Sala del que dimana, lo pronunciamos, mandamos y firmamos. Haciéndose saber que contra la misma cabe recurso de casación de acreditarse el interés casacional, que deberá interponerse ante este Tribunal en el término de veinte días desde la notificación de la presente.”

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado rebelde IGNORADOS OCUPANTES C/CASTILLO DE MANZANARES Nº 4,

BAJO 2 MADRID. y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497, 2º de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por medio de la publicación de edictos en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma.

En Madrid a veinticinco de septiembre de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DE LA SECCIÓN

Fdo.: D./Dña. AMELIA ÁLVAREZ FERNÁNDEZ

(03/24.497/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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