Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 251

Fecha del Boletín 
15-10-2020

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201015-169

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18

169
Madrid número 18. Ejecución 91/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. PILAR ORTIZ MARTINEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA del Juzgado de lo social nº 18 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 91/2020 de este Juzgado de lo social, seguido a instancia de D./Dña. JULIO ULLA JUÁREZ frente a DECORCORB SL sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

Se acuerda el embargo sobre el crédito que contra las empresas HORNOS RIVAS PAN SL, MARTAMAR INVERSIONES INMOBILIARIAS SL, TÉCNICA DE MANTENIMIENTO GISA SL, SPORT SERVICES DOS ESTRELLAS SRL, e INFINITI COPAS SL ostenta la empresa demandada por relaciones comerciales mantenidas con la ejecutada, en lo que sea suficiente a cubrir las cantidades por las cuales se ha despachado ejecución. A tal fin, líbrese el correspondiente oficio a la referida empresa al objeto de requerirle, bajo su personal responsabilidad, para que en el plazo máximo de cinco días proceda a dar cumplimiento de lo acordado, transfiriendo a la cuenta de consignaciones y depósitos en este Juzgado las cantidades adeudadas.

Y asimismo adviértase:

A) que el pago que en su caso hiciere a la demandada no será válido (Art. 1.165 del Código Civil) y que el efectuado en cumplimiento del presente requerimiento le libera de toda responsabilidad frente al acreedor,

B) de las responsabilidades penales en que pueden incurrir quienes realicen cualquier acto de disposición patrimonial o generador de obligaciones que dilate, dificulte o impida la eficacia de un embargo (Art. 257-1º.2 del C.P.).

Póngase a disposición de la parte ejecutante, D JULIO ULLA SUÁREZ, la cantidad de 14,65 euros, en concepto de parte de principal, una vez firme la presente resolución, mediante transferencia bancaria a la cuenta bancaria de la que se sea titular, debiendo ser facilitada a este Juzgado mediante un escrito, adjuntando la documentación que acredite su titularidad. El principal queda reducido a la cantidad de 2.068,84 euros.

Notifíquese a las partes la presente resolución, en legal forma.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante, lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art. 186.1 L.J.S).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a DECORCORB SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a diecisiete de septiembre de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/23.236/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201015-169