Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 252

Fecha del Boletín 
16-10-2020

Sección 3.10.20H: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201016-61

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE HOYO DE MANZANARES

RÉGIMEN ECONÓMICO

61
Hoyo de Manzanares. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Bases reguladoras de la convocatoria para ayudas a los empadronados mayores de 65 años del municipio de Hoyo de Manzanares, para cursos realizados por la Mancomunidad THAM, aprobadas por decreto de Alcaldía número 2020-1242, de 7 de octubre.

BDNS (Identif.): 527441

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/527441).

Primero. Beneficiarios.—Requisitos que tienen que cumplir obligatoriamente los alumnos que resulten beneficiarios de las presentes ayudas:

Podrán ser beneficiarios de la compensación fiscal prevista en estas bases reguladoras, las personas físicas empadronadas en el municipio de Hoyo de Manzanares, y mayores de 65 años.

A tales efectos, tendrán la consideración de personas físicas empadronadas en el municipio de Hoyo de Manzanares, y mayores de 65 años, aquellas que estén empadronadas en el municipio con la anterioridad de un año, a contar a partir de la fecha de inicio del período subvencionable que coincidirá con el inicio del curso de actividades.

No podrán obtener la condición de beneficiario las personas físicas en quienes concurran alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Asimismo, los beneficiarios no deberán tener deudas en período ejecutivo de pago con el Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares, con la Agencia Tributaria y con la Tesorería General de la Seguridad Social.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 24.5 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, se establece el siguiente régimen de acreditación del cumplimiento de obligaciones tributarias y de Seguridad Social por parte de los solicitantes y también beneficiarios de la ayuda recogida en la presenta bases.

Los solicitantes para ser beneficiarios de esta subvención tendrán que acreditar estar al corriente de pago con la Tesorería General de la Seguridad Social, Agencia Tributaria y cualquier Administración pública mediante los correspondientes certificados, debiendo mantener dicha situación durante todo el período subvencionable hasta el momento del pago de la subvención. Se adjunta a las presentes bases modelo de solicitud por el que se autoriza al ayuntamiento a la obtención de los indicados certificados.

Segundo. Objeto.—El objeto de la convocatoria es la concesión de subvención por el pago de determinadas tasas que sean exigibles a las personas físicas que se den de alta en determinadas actividades que la Mancomunidad THAM presta a los usuarios mayores de 65 años que residen en el municipio de Hoyo de Manzanares.

Podrán percibir la subvención aquellos sujetos que realicen el pago de las tasas municipales entre el 1 de octubre de 2019 hasta el 28 de febrero de 2020.

En particular, podrán subvencionarse los pagos de las cuotas de las tasas establecidas por la Mancomunidad por los siguientes supuestos:

a) Taller de Memoria.

b) Taller de Baile.

c) Taller de Psicomotricidad.

d) Taller de Espacio para Pensar.

e) Taller de Sevillanas.

Tercero. Bases reguladoras.—Decreto de Alcaldía número 2020-1242, de 7 de octubre.

Cuarto. Cuantía.—El crédito disponible para las ayudas objeto de esta convocatoria no podrá superar la cuantía total máxima de 2.500,00 euros.

Quinto. Solicitudes.—Las solicitudes se presentarán en el Registro del Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares, sito plaza Mayor, sin número, presencialmente o a través de la Sede Electrónica, o en cualquiera otra de las Oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid, en cualquier otro de los Registros de la Administración General del Estado o en los Registros de los Ayuntamientos que han suscrito el correspondiente Convenio Marco de Ventanilla Única y por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las solicitudes se presentarán según el modelo que acompaña a las bases denominado “Anexo I. Modelo de solicitud de subvención”, acompañado de fotocopia del Documento Nacional de Identidad del solicitante.

El plazo de presentación de las solicitudes será de diez días hábiles contados desde el día de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del presente extracto de la convocatoria.

Hoyo de Manzanares, a 8 de octubre de 2020.—El alcalde-presidente, Julián Carrasco Olmo.

(03/25.977/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20H: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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