Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 252

Fecha del Boletín 
16-10-2020

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201016-93

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE POZUELO DE ALARCÓN NÚMERO 3

93
Pozuelo de Alarcón número 3. Procedimiento 140/2018

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario 140/2018 entre RM Drones, S. L., y Air Drone Tech Servicies, S. L., en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Han sido vistos por D.a María del Carmen Neira Formigo, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción n.o 3 de Pozuelo de Alarcón, los presentes autos de juicio ordinario seguidos en este Juzgado con el número 140/2018, promovidos por la procuradora de los tribunales D.a Paloma Manglano Thovar, en nombre y representación de la mercantil RM Drones, S.L., y asistida por el letrado D. Juan Carlos Sánchez Rivas, contra la mercantil Air Drone Tech Servicies, S. L., en situación de rebeldía procesal, en el ejercicio de una acción de incumplimiento contractual, cuya cuantía se fija en 9.797,37 euros, ha recaído en ellos la presente resolución en base a los siguientes:

Que estimo la demanda de juicio ordinario interpuesta por la procuradora de los tribunales D.a Paloma Manglano Thovar, en nombre y representación de la mercantil RM Drones, S. L., contra la mercantil Air Drone Tech Servicies, S. L., en situación de rebeldía procesal, y declaro resuelto el contrato de compraventa de 7 de abril de 2017 del Dron Octocóptero Tarot T18, por incumplimiento contractual de la mercantil Air Drone Tech Servicies, S. L., y condeno a esta última a abonar a la actora la cantidad de 9.797,37 euros, más los intereses legales desde la fecha de la demanda, y al pago de las costas causadas en este procedimiento.

Se significa que la publicación ha sido interesada por RM Drones, S. L., acordándose la publicación a su costa.

Y para que sirva de notificación a Air Drone Tech Servicies, S. L., expido y firmo la presente en Pozuelo de Alarcón, a 4 de agosto de 2020.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/25.191/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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