Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 256

Fecha del Boletín 
21-10-2020

Sección 1.3.101.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201021-21

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE DEPORTES, TRANSPARENCIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

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ORDEN 498/2020, de 5 de octubre, de la Vicepresidencia, Consejería de Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno, por la que se revocan parcialmente subvenciones concedidas en virtud de la Orden 397/2020, de 18 de agosto, por la que se conceden subvenciones destinadas a clubes deportivos madrileños por la participación de sus equipos en las máximas categorías y niveles de competiciones oficiales de ámbito nacional o internacional, de carácter no profesional para el año 2020.

Mediante Orden 1104/2016, de 8 de abril, se establecen las bases reguladoras de subvenciones destinadas a clubes deportivos madrileños por la participación de sus equipos en las máximas categorías y niveles de competiciones oficiales de ámbito nacional o internacional, de carácter no profesional, modificada mediante la Orden 1657/2017, de 11 de mayo, del Consejero de Educación, Juventud y Deporte.

Por Orden 107/2020, de 19 de marzo, de la Vicepresidencia, Consejería de Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno, se aprueba la convocatoria para el año 2020 de subvenciones destinadas a clubes deportivos madrileños por la participación de sus equipos en las máximas categorías y niveles de competiciones oficiales de ámbito nacional o internacional, de carácter no profesional.

El artículo 2 del Decreto 52/2019, de 19 de agosto, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y el artículo 1 del Decreto 73/2019, de 27 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, atribuye las competencias en materia de deportes a la Vicepresidencia, Consejería de Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno.

En virtud del Decreto 281/2019, de 29 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia, Consejería de Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno, se atribuye a la Dirección General de Infraestructuras y Programas de Actividad Física y Deporte en el artículo 7.n) la competencia para proponer la concesión de subvenciones y ayudas públicas a los deportistas y a las federaciones, clubes, asociaciones y demás entidades deportivas de la Comunidad de Madrid.

Por Orden 397/2020, de 18 de agosto, de la Consejería de la Vicepresidencia, Consejería de Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno, se conceden subvenciones a clubes deportivos madrileños por la participación de sus equipos en las máximas categorías y niveles de competiciones oficiales de ámbito nacional o internacional, de carácter no profesional para el año 2020.

Con posterioridad a la concesión, ha habido tres entidades que no han justificado la ayuda concedida en la forma prevista en el artículo 9.2 de la Orden 1104/2016 y el dispongo 8.2 de la Orden 107/2020, debido a que no han seguido desarrollando su actividad al nivel que les hizo merecedor de la misma, manteniendo al equipo en competición federada nacional, de manera que no siguen o que no han participado en alguna de las competiciones a las que se refiere el dispongo 1 de la citada Orden 107/2020.

El dispongo quinto de la Orden 41/2019, de 20 de noviembre, del Vicepresidente, Consejero de Deportes, Transparencia y Portavoz del Gobierno, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones, prevé la delegación en el titular de la Dirección General la revocación de subvenciones, cuando el importe de las mismas no supere los 150.000 euros.

Por lo anterior, y en base a las competencias que tengo atribuidas y a lo dispuesto en la normativa citada,

DISPONGO

Revocar parcialmente las ayudas concedidas por Orden 397/2020, de 18 de agosto, con cargo al subconcepto 48099 del programa 336A de gastos de la Comunidad de Madrid para el año 2019, actualmente prorrogado para el año 2020 mediante Decreto 315/2019, de 27 de diciembre del Consejo de Gobierno, a las entidades relacionadas a continuación, al no cumplir los requisitos establecidos para la justificación de la ayuda, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 9.4 y 10.1 de la Orden 1104/2016, de 8 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras y el dispongo 8.4 de la Orden 107/2020, de 19 de marzo, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el año 2020:

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el propio órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, contados en ambos casos desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno interponer.

Madrid, a 5 de octubre de 2020.—El Vicepresidente, Consejero de Deportes, Transparencia y Portavoz del Gobierno, P. D. (Orden 41/2019, de 20 de noviembre), el Director General de Infraestructuras y Programas de Actividad Física y Deporte, Alberto Álvarez Filgueira.

(03/26.377/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.101.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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