Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 262

Fecha del Boletín 
27-10-2020

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201027-58

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 12

58
Madrid número 12. Procedimiento 216/2018

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal número 216/2018 entre. Grenke Rent, S. L. U., y Autos Mendieta, S. L., en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

“Sentencia número 43/2019.

Madrid, a 25 de febrero de 2019.—Doña María de las Nieves Gómez Martínez, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 12 de este partido judicial, habiendo visto los presentes autos de juicio declarativo verbal seguidos ante este Juzgado con el número 216/18, de reclamación de cantidad, y resolución contractual, derivado de contrato de arrendamiento de maquinaria industrial, a instancia de la mercantil Grenke Rent, S. A. U., contra Autos Mendieta, S. L., en situación de rebeldía procesal, y atendiendo a los siguientes:

Que, estimando íntegramente la demanda interpuesta por el procurador don Eduardo José Manzanos Llorente, en nombre y representación de Grenke Rent, S. A., contra doña María Pilar Fernández López:

A. Declaro extinguido y resuelto el contrato número 92-12781, por incumplimiento de obligaciones esenciales del contrato por parte de la adversa.

B. Condeno a la parte demandada a devolver a la actora el bien objeto de dicho contrato, de conformidad, en la forma y los plazos pactados en el contrato, esto es, en el domicilio de la actora, o de quien esta designe, asumiendo todos los gastos y costes de la entrega.

C. Condeno a la parte demandada a pagar a mi representada:

1. En virtud del artículo 13.1 de las condiciones generales del contrato, la totalidad de las rentas o alquileres objeto de dicho contrato, que ascienden a 3.188,55 euros, en concepto de principal.

2. Así como los intereses, calculados estos en adición de un 5 por 100 al interés legal y oficial del Banco Central Europeo aplicable en España, según consta en el pacto de artículo 11.1 de las condiciones generales del contrato de arrendamiento. Dichos intereses ascienden a fecha 8 de febrero de 2018 a un total de 329,87 euros, cantidad que se verá incrementada por cada día natural transcurrido (a razón de 0,44 euros por día), a contar desde el siguiente a la suscripción del presente escrito y hasta la fecha del total e íntegro pago de la deuda que la parte demandada mantiene con la actora.

3. Asimismo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 15.3 de las cláusulas generales pactadas, la parte demandada debe abonar a Grenke Rent, S. L. U., por cada día natural de retraso en la devolución de los bienes, la cantidad de 1,97 euros/día, ascendiendo en la actualidad este concepto a 1.453,86 euros, importe calculado a fecha del presente escrito, debiendo incrementarse esta a razón del importe diario antes mencionado, hasta que se produzca la correcta entrega de bienes a la actora.

4. En concepto de indemnización por costes de cobro, recogida en el artículo 8 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, ascendiendo esta cuantía a 40 euros.

5. Con imposición de costas a la demandada.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días”.

«Auto

Madrid, a 3 de octubre de 2019.—La magistrada-juez, María de las Nieves Gómez Martínez.

Se rectifica la sentencia, de 25 de febrero de 2019 en el sentido de que:

Donde dice: “Que, estimando íntegramente la demanda interpuesta por el procurador don Eduardo José Manzanos Llorente, en nombre y representación de Grenke Rent, S. A., contra doña María Pilar Fernández López”.

Debe decir: “Que, estimando íntegramente la demanda interpuesta por el procurador don Eduardo José Manzanos Llorente, en nombre y representación de Grenke Rent, S. A., contra Autos Mendieta, S. L.”».

Y para que sirva de notificación a Autos Mendieta, S. L., expido y firmo la presente en Madrid, a 8 de octubre de 2019.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/1.454/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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