Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 263

Fecha del Boletín 
28-10-2020

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201028-245

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALICANTE NÚMERO 1

245
Alicante número 1. Procedimiento 538/2018

EDICTO

JOSÉ AGUSTÍN RIFÉ FERNÁNDEZ-RAMOS, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNO DE ALICANTE, POR MEDIO DEL PRESENTE EDICTO

HACE SABER: Que en el procedimiento que se sigue en este Juzgado de lo Social con el nº 000538/2018 por Cantidades instado por ISABEL MARQUES PINTO frente a IFACTORY LABORATORIO SL, DENTAL GRUPO HOSPITALARIO ODONTOLOGICO SL, MAXDUELL GRAN SL, WESTON HILL CAPITAL SL, WESTON HILL INVESTMENT SL, WESTON HILL ASSET MANAGEMENT SL, SYSTHEX IBERIA SL, UCS ALDENTE SL, UCSO GESTIONA SL, ESPARTANOS REFORMAS SL, RANDOM CORP SL, MEDICAL GLOBAL INVESTIMENTS SL, JESUS (EN REP DE ERNEST AND YOUNG ABOGADOS SLP) BORJABAD GARCIA, DENTAL GLOBAL MANAGEMENT, IFACTORY GLOBAL LAB SL, UCS GLOBAL TRAINING SL (antes DENTAL GLOBAL TRAINING SL), ICLINIC GESTORIA DENTAL SL, PROYECTO NEO CONCEPT SL, I LEVANTE DENTAL PROYECTO ODONTOLOGICO SL y FOGASA se ha dictado sentencia de fecha 24/08/2020, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: “FALLO: Estimandola demanda interpuesta por Doña Isabel Marques Pinto frente a I Levante Dental Proyecto Odontológico S.L., Proyecto Neo Concept S.L., IClinic Gestoría Dental S.L., UCS Global Trainning S.L., antes Dental Global Training S.L., Ifactory Laboratorio S.L., Ifactory Global Lab. SL., Dental Global Management, su administrador concursal Ernest And Young Abogados S.L.P. Mediacal Global Investiments S.L., Random Corp. S.L., Espartanos Reformas S.L., Ucso Gestiona S.L., UCS Aldente S.L., Systhex iberia S.L., Weston Hill Investment S,.L., Weston Hill Capital S.L., Maxduell Gran S.L. y Dental Grupo Hospitalario Odontológico, condeno a las demandadas solidariamente al abono a la Sra. Marques Pinto 3504,12 euros más el 10% de interés por mora, que asciende a 350,41 euros.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndoles que el Recurso procedente contra la misma es el de SUPLICACION, ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Valencia, anunciándolo en este Juzgado de lo Social, en el término de CINCO DIAS hábiles a partir del siguiente de notificación de la resolución, debiendo acreditar el recurrente, excepto el trabajador o el que goce de beneficio de justicia gratuita, haber ingresado la cantidad objeto de condena en la cuenta corriente nº 0111 clave 65 (pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario conforme al art. 230 LRJS), con indicación del número de procedimiento, la cantidad objeto de condena, y haber consignado, como depósito en efectivo la suma de 300 Euros. En la cuenta corriente nº 0111 clave 67, ambas en el SANTANDER sucursal sita en la Avenida Aguilera 37-39-41, Alicante.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo el Ilmo/a. Sr/a. D/ña. MARIA PILAR MARIN ROJAS, Magistrado/a-Juez del Juzgado de lo Social Nº Uno de Alicante. Firmado y Rubricado. Es copia . EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Y PARA QUE SIRVA DE NOTIFICACIÓN A LAS EMPRESAS MAXDUELL GRAN S.L CUYO PARADERO ACTUAL SE DESCONOCE Y EL ÚLTIMO CONOCIDO LO FUE EN PASEO DE RECOLETOS, 27 PLANTA 3 28004 MADRID, A LA EMPRESA MEDICAL GLOBAL INVESTIMENTS S.L CON DOMICILIO EN C/ SEVERO OCHOA 9 B NAVE 7 RIVASMADRID-CP 28521 MADRID, A LA EMPRESA WESTON HILL ASSET MANAGEMENT S.L CON DOMICILIO EN C/ ALCALÁ 85, 3º CENTRO CP 28009 MADRID; A LA EMPRESA WESTON HILL CAPITAL S.L CON DOMICILIO EN TORRE PICASSO PLANTA 13 PLAZA PABLO RUIZ PICASSO S/N CP 28020 MADRID, A LA EMPRESA WESTON HILL INVESTMENT S.L CON DOMICILIO EN C/ TUCANES 29 URBANIZACIÓN MOLINO DE LA HOZ 28232, LAS ROZAS Y A LA EMPRESA DENTAL GRUPO HOSPITALARIO ODONTOLÓGICO S.L CON DOMICILIO EN PASEO DE RECOLETOS 27, PLANTA 2 CP 28004 MADRID expido el presente en Alicante a treinta de septiembre de dos mil veinte para su inserción en el B.O.P.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/25.135/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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