Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 264

Fecha del Boletín 
29-10-2020

Sección 4.165.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201029-166

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER DE MADRID NÚMERO 8

166
Madrid número 8. Procedimiento 110/2019

EDICTO

En virtud de lo acordado en los autos 110/2019, por no ser conocido el domicilio de D./Dña. JANIS MARILIS CAZARES BELTRÁN, por resolución de 19/10/20, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la LEC, se ha acordado la publicación del presente edicto para llevar a efecto la diligencia de emplazamiento:

TRIBUNAL QUE ORDENA EMPLAZAR

Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 08 de Madrid

PERSONA A LA QUE SE EMPLAZA

JANIS MARILIS CAZARES BELTRÁN con domicilio desconocido

OBJETO DEL EMPLAZAMIENTO

Comparecer en el juicio expresado para contestar por escrito a la demanda promovida por el Procurador BLANCO SANCHEZ DE CUETO, en nombre y representación de D./Dña. CELESTINO ADAMES MATOS. Se acompaña copia de la demanda, de los documentos presentados y del decreto de admisión de aquélla.

TRIBUNAL ANTE EL QUE DEBE COMPARECER

En la sede de este Órgano. Sito en la calle Albarracín nº 31 de Madrid

PLAZO PARA COMPARECER

VEINTE DÍAS HÁBILES computados desde el siguiente al de este emplazamiento.

Apercíbase a la parte demandada que si no comparece dentro de plazo, se le declarará en situación de rebeldía procesal (artículo 496.1 LEC). Adviértasele asimismo, que la comparecencia en juicio debe realizarse por medio de procurador y con asistencia de abogado (artículo 750 de la LEC).

Y para que sirva de emplazamiento a D./Dña. JANIS MARILIS CAZARES BELTRÁN expido y firmo la presente.

En Madrid, a 19 de octubre de 2020.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/27.650/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.165.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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