Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 269

Fecha del Boletín 
03-11-2020

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201103-59

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MEJORADA DEL CAMPO

RÉGIMEN ECONÓMICO

59
Mejorada del Campo. Régimen económico. Modificación presupuestaria

En la Intervención de este Ayuntamiento, y conforme disponen los artículos 38 del Real Decreto 500/1990, así como el 112 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se encuentra expuesto al público, a efectos de reclamaciones, la modificación de créditos número 44/2020 “Crédito extraordinario y suplemento de crédito”, así como la modificación de la base 37 de las bases de ejecución del presupuesto, aprobadas por acuerdo plenario de fecha 29 de octubre de 2020.

Los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en el artículo 169 del TRLRHL citado, y por los motivos taxativamente enumerados en el número 2 del artículo 170, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:

a) Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

b) Oficina de presentación: Registro General del Ayuntamiento de Mejorada del Campo.

c) Órgano ante el que se reclama: Pleno del Ayuntamiento de Mejorada del Campo.

Mejorada del Campo, a 30 de octubre de 2020.—El alcalde-presidente, Jorge Capa Carralero.

(03/28.982/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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