Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 269

Fecha del Boletín 
03-11-2020

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201103-75

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 50

75
Madrid número 50. Procedimiento 658/2018

EDICTO

D. Rosa María Mariscal de Gante Mirón, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 50 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 658/2018, instados por Granarolo Ibérica, S. L. U., a través de su procurador Dña. Pilar Moliné López, frente a Compañía Mediterránea de Alimentación Selecta, S. L., se dictó sentencia en fecha 5 de febrero de 2020, cuyo fallo es el siguiente:

“Que estimando la demanda interpuesta por Granarolo Ibérica, S. L. U., representada por su procuradora Dª Pilar Moliné López, contra Compañía Mediterránea de Alimentación Selecta, S. L., debo condenar y condeno a la entidad demandada a abonar a la actora la cantidad de 266.565,11 euros, más el interés previsto en el artículo 7 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, y las costas del procedimiento.

Así lo acuerdo, mando y firmo.—María del Rosario Campesino Temprano, Ilma. Magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 50 de Madrid.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la LEC), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2544-0000-04-0658-18 de este órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “beneficiario” Juzgado de primera instancia número 50 de Madrid, y en el campo “observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos: 2544-0000-04-0658-18.

Así mismo deberá aportar justificante del pago de la tasa prevista en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses”.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado Compañía Mediterránea de Alimentación Selecta, S. L., y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 10 de febrero de 2020.—La Letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/27.415/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201103-75