Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 270

Fecha del Boletín 
04-11-2020

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201104-134

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16

134
Madrid número 16. Procedimiento 401/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. Ana Correchel Calvo, letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social nº 16 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 401/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JAIME GAVIRIA PÉREZ frente a SAG MECANIZADOS TÉCNICOS INDUSTRIALES SL y D./Dña. FOGASA sobre Despidos/Ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

En Madrid a veintiocho de septiembre de dos mil veinte.

Vistos por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social nº 16, D./Dña. MARÍA JOSÉ CEBALLOS REINOSO los presentes autos nº 401/2020 seguidos a instancia de D./Dña. JAIME GAVIRIA PÉREZ contra D./Dña. FOGASA y SAG MECANIZADOS TÉCNICOS INDUSTRIALES SL sobre Despido.

EN NOMBRE DEL REY

Ha dictado la siguiente

SENTENCIA Nº 212/2020

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.—Con fecha 04/05/2020 tuvo entrada demanda formulada por D. JAIME GAVIRIA PÉREZ contra FOGASA y SAG MECANIZADOS TÉCNICOS INDUSTRIALES SL y admitida a trámite se citó de comparecencia a las partes asistiendo la actora, y abierto el acto de juicio por S. Sª. la comparecida manifestó cuantas alegaciones creyeron pertinentes en defensa de sus derechos practicándose seguidamente las pruebas que fueron admitidas según queda constancia en el acta correspondiente, y finalmente manifestó sus conclusiones.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por D. JAIME GAVIRIA PÉREZ contra SAG MECANIZADOS TÉCNICOS INDUSTRIALES SL debo declarar y declaro la improcedencia del despido y en consecuencia condeno a la empresa SAG MECANIZADOS TÉCNICOS INDUSTRIALES SL, entendiendo efectuada la opción por la indemnización y declarando extinguida la relación laboral con esta fecha, a que abone al actor la indemnización cifrada en 6.520,61 euros a razón de 33 días hasta la fecha de sentencia y con salario del hecho primero, así como al abono de los salarios de tramitación en la cantidad de 4.742,40 euros, deducidos los percibidos por los periodos en que trabaja para otras empresas.

Abonar la cantidad de 1.122,88 euros por los conceptos expresados, incrementada con el 10% de interés por mora los de naturaleza salarial.

Y para que sirva de notificación en legal forma a SAG MECANIZADOS TÉCNICOS INDUSTRIALES SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintiocho de septiembre de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/25.892/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201104-134