Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 270

Fecha del Boletín 
04-11-2020

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201104-93

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

93
Madrid. Sección Undécima. Procedimiento 256/2019

Sección Undécima

EDICTO

La letrada de la Administración de Justicia de la Sección Undécima de la Audiencia Provincial de Madrid.

Hago saber: Que en esta Sección, y con el número de rollo de Sala 256/2019, se siguen en grado de apelación los autos de juicio ordinario número 608/2018, procedentes del Juzgado de primera instancia número 1 de Móstoles, seguidos a instancias de Alquiler de Maquinaria Rentaire, S. A., contra Consolbor, S. L., y otros, en el cual, habiendo sido magistrada ponente la ilustrísima señora doña Teresa Santos Gutiérrez, se ha dictado sentencia con fecha 26 de mayo de 2020, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Fallamos

Que desestimando el recurso de apelación interpuesto por la representación de Seranco. S. A., frente sentencia dictada en el Juzgado de primera instancia número 1 de Madrid, en fecha 9 de enero de 2019, se confirma en su integridad.

Con expresa imposición de costas al recurrente.

La desestimación del recurso determina la pérdida del depósito constituido, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de Reforma de la Legislación Procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

Modo de impugnación: Contra esta sentencia no cabe recurso ordinario alguno, sin perjuicio de que contra la misma puedan interponerse aquellos extraordinarios de casación o infracción procesal, si concurre alguno de los supuestos previstos en los artículos 469 y 477 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en el plazo de veinte días y ante esta misma Sala, previa constitución, en su caso, del depósito para recurrir previsto en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, debiendo ser consignado el mismo en la cuenta de depósitos y consignaciones de esta Sección, abierta en Banco Santander, con el número de cuenta 2578-0000-00-0256-19, bajo apercibimiento de no admitir a trámite el recurso formulado.

Así, por esta nuestra Sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, se expide el presente, sirviendo de notificación en forma al apelado no comparecido Consolbor, S. L.

Dado en Madrid, a 21 de septiembre de 2020.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/26.020/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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